Este es el día que recibirás la carta para los viajes del Imserso 2023-2024

Este es el día que recibirás la carta para los viajes del Imserso 2023-2024

El próximo 29 de junio arranca el plazo para solicitar un viaje del Imserso 2023-2024

Imserso 2023-2024: cómo enviar la carta de solicitud de los viajesgetty

La temporada 2023-2024 del Imserso  está a punto de arrancar. El próximo jueves 29 de 2023 dará el pistoletazo de salida al plazo para apuntarse a  este programa de turismo nacional para jubilados que llega cargado novedades, como la subida de un 7,5% de las tarifas y el aumento de 70.000 más en esta edición, hasta alcanzar casi las 900.000. 

De esta forma, las personas que estén inscritas ya en el programa del Instituto de Mayores y Servicios Sociales recibirán en los próximos días en el domicilio que tienen registrado en la plataforma una carta de renovación para poder participar en los viajes de esta temporada 2023-2024. 

En la misma se incluyen los datos personales, la preferencia de destino y la vinculación con la otra persona de la misma provincia y un espacio para realizar los cambios que se consideren oportunos. 

Una vez te hayas cerciorado de que todos los datos recogidos son correctos, no es necesario realizar ningún trámite más ni enviar la carta a ningún lugar. 

¿Quién debe remitir la carta del Imserso y cómo hacerlo? 

No obstante, si tus datos han cambiado, hay algún error o es la primera vez que te inscribes a dicho programa, tendrás que remitir la carta o solicitud debidamente cumplimentada. El plazo para hacerlo comienza este jueves 29 de junio y se cierra el 25 de junio, inclusive. Las vías para hacerlo son las siguientes: 

  • Por medio de la Sede Electrónica del Imserso, entrando a través del número de referencia que aparece en la carta o el sistema Cl@ve. La solicitud se puede entregar bien a través de este enlace, accediendo al apartado del 'Programa de Turismo' en dicha sede electrónica y clicando en el icono Edición o escaneando con el móvil el código QR que se encuentra en la carta. 
  • En los registros electrónicos y en las oficinas que viene recogidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas.