La Junta Electoral prohíbe ir a votar el 23-J con camisetas de 'Que te vote Txapote'

La Junta Electoral prohíbe ir a votar el 23-J con camisetas de 'Que te vote Txapote'

Por la "prohibición general" de llevar "propaganda electoral de ningún género".

A buscar nuevo 'dress code' TWITTER: NNGG PP RIVAS

Malas noticias para más de uno que ya pretendía lucir sus 'mejores' galas en el colegio electoral. La Junta Electoral Central (JEC) prohíbe acudir a votar con camisetas incluyendo el lema 'Que te vote Txapote' junto a un escudo de España. Un lema que ha hecho fortuna, especialmente en esta campaña, pese a que varias víctimas e ETA, y hasta la hermana de Gregorio Ordóñez, asesinado por el propio Tapote, han pedido que no se usara.

El organismo rector de los comicios ha recordado que en la normativa electoral se recoge la "prohibición general" de llevar "propaganda electoral de ningún género" al lugar de votación durante el día de las elecciones, como recoge Europa Press.

De esta manera, el organismo arbitral responde a una consulta de la Comisaría Provincial de Jaén por la difusión en redes sociales de mensajes que animaban al electorado a acudir "a los colegios electorales con una camiseta con el lema 'Que te vote Txapote' con el escudo del Estado español". El lema apareció incluso en el cara a cara entre Sámnchez y Feijóo, cuando el presidente del Gobierno pidió al líder de la oposición que lo condenara... cosa que no ocurrió.

En este contexto, la JEC hace mención al artículo 93 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) que hace referencia a la "prohibición general" de que los electorales puedan llevar propaganda electoral a la hora de votar. "La utilización de camisetas que incorporen el lema 'Que te vote Txapote' debe entenderse incluida en la prohibición establecida en el artículo 93", ha señalado.

Por ello, la JEC recuerda que corresponde a los presidentes de las Mesas Electorales velar para que los colegios electorales y sus inmediaciones "estén libres de símbolos que por sus connotaciones políticas puedan ser constitutivos de propaganda electoral". Así, el organismo asegura que "podrán requerir el auxilio de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para hacer efectiva esa prohibición".

Por último, el organismo arbitral adelanta que este acuerdo será traslado a las Juntas Electorales Provinciales para su conocimiento y a las Juntas Electorales de Zona, que deberán comunicarlo a las Mesas Electorales el día de la votación.