La DANA y sus consecuencias: ¿qué daños cubre el seguro?, ¿cómo puedo reclamar?

La DANA y sus consecuencias: ¿qué daños cubre el seguro?, ¿cómo puedo reclamar?

La OCU aconseja reclamar a las aseguradoras los daños por lluvia y granizo.

El Ayuntamiento de Buenache de Alarcón (Cuenca) pedirá la declaración de zona gravemente afectada por los daños ocasionados por la DANAPP Cuenca / EFE

Un domingo intenso de tormentas provocadas por una DANA ha dejado varias provincias de nuestro país con graves incidentes por las lluvias. Algunas ciudades han tenido que lamentar daños materiales y otras muchas familias han visto cómo sus hogares han quedado anegados.

Por eso es importante saber qué daños cubrirán los seguros y cómo se podrá reclamar. La OCU ya se ha manifestado, aconsejando a los afectados que reclamen a las aseguradoras por los daños provocados por la lluvia y el granizo. La mayoría de ellos estarán cubiertos por el Consorcio de Compensación de Seguros

Los daños que cubre el seguro

La mayor parte de los daños provocados por esta DANA, tanto en vehículos como en viviendas, estarán cubiertos por el propio seguro de cada uno o por el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS). Este organismo indemniza los daños "producidos por fenómenos naturales o derivados de hechos de incidencia política o social, a condición de tener suscrito un seguro para las personas o bienes afectados". 

En el caso de los vehículos, los conductores con un seguro a todo riesgo pueden reclamar los daños que no se consideren extraordinarios a las compañías de seguro. También quienes tengan un seguro con lunas, en caso de que hubiera rotura de ellas. Y en el de las viviendas hay ciertos riesgos y fenómenos meteorológicos que cubren los seguros del hogar cuando no son tan graves como para que intervenga el CCS.

Cómo se puede reclamar

Uno de los requisitos para que el CCS pueda actuar es que exista un seguro previo del vehículo, del hogar o del inmueble en el que se hayan causado los daños. En caso de sufrir un siniestro extraordinario la OCU aconseja, además de comunicarlo a la aseguradora, ponerlo en conocimiento del Consorcio lo antes posible. Sin embargo, avisan de que no cubre todos los riesgos, aplica periodos de carencia e indemniza según lo contratado en la póliza privada.

Para ello habrá que avisar primero a la propia aseguradora y recoger pruebas de todos los daños. A continuación, habrá que registrar una solicitud de indemnización en su página web. Y seleccionar si los daños han sido materiales o personales. Después habrá que esperar a que se resuelva para poder saber si se cobrará el pago y cuándo se efectuará.