Meliá devuelve 1.341 euros a una celiaca tras la denuncia de Facua por no informar en su buffet

Meliá devuelve 1.341 euros a una celiaca tras la denuncia de Facua por no informar en su buffet

FACUA

La cadena hotelera Meliá ha tenido que devolver a una familia 1.341 euros como compensación por no haber podido hacer uso del régimen todo incluido que contrataron para sus vacaciones en el hotel Sol Lanzarote All Inclusive debido a que son celiacas y no había comida apta para ellos.

María V. reservó el pasado agosto una semana de vacaciones para ella, su marido y su hija en dicho establecimiento, perteneciente al Grupo Meliá. Antes de formalizar su petición, la afectada indicó que tanto ella como su hija eran celiacas y que, por tanto, no podrían ingerir ciertos alimentos en los restaurantes del hotel.

Sin embargo, una vez instalados, al intentar hacer uso del buffet de comidas, se encontraron con que junto a las diferentes comidas preparadas no había señalización alguna sobre los alérgenos que incluía cada receta, lo que vulnera la normativa europea.

Por ello, al no poder disfrutar en circunstancias normales del régimen contratado, la familia reclamó a la dirección del hotel un cambio en las condiciones de alojamiento y comidas por otras adaptadas a sus necesidades.

No obstante, el establecimiento sólo ofreció como alternativa elaborar un plato a medida para cada comida del día. Una opción que apenas le fue posible mantener: la fórmula empezó a fallar al no poder proporcionar a María y su hija los alimentos específicos que necesitaban.

FACUA Madrid cursó en nombre de la afectada la reclamación al Grupo Meliá, apelando para ello al Reglamento 1169/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la información alimentaria facilitada al consumidor.

NORMATIVA EUROPEA

Según se estipula, desde el 13 de diciembre de 2014 todas las empresas alimentarias tienen la obligación de facilitar la información sobre ingredientes alergénicos empleados en los alimentos vendidos o suministrados por ella. Requisitos también aplicables a establecimientos que vendan alimentos a granel como supermercados o restaurantes, o a negocios hosteleros de comida para llevar.

Por todo ello, FACUA Madrid expuso al Grupo Meliá que la alternativa propuesta mermaba el paquete contratado por parte de María y su familia, por lo que le informó de que según el artículo 1256 del Código Civil "la validez y el cumplimiento de los contratos no pueden dejarse al arbitrio de uno de los contratantes".

Tras la reclamación de FACUA Madrid, el Grupo Meliá decidió proceder a la devolución de parte de la reserva abonada por la afectada.

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