Esta es la pensión que te queda si nunca has trabajado

Esta es la pensión que te queda si nunca has trabajado

Es posible recibir una pensión de jubilación pese a no haber cotizado ni un solo día.

Una persona sosteniendo un bastón, en una imagen de archivoGetty Images

Cobrar una pensión de jubilación sin haber trabajado nunca es posible. Sin embargo, no hablamos de la pensión más conocida, la contributiva, sino de la pensión de jubilación no contributiva.

La Seguridad Social explica en su sitio web que se trata de “prestaciones económicas que se reconocen a aquellos ciudadanos que, encontrándose en situación de necesidad protegible, carezcan de recursos suficientes para su subsistencia en los términos legalmente establecidos, aun cuando no hayan cotizado nunca o el tiempo suficiente para alcanzar las prestaciones del nivel contributivo”.

Asimismo, el organismo detalla que “la gestión de estas pensiones no contributivas está atribuida a los órganos competentes de cada Comunidad Autónoma y a las Direcciones provinciales del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) en las ciudades de Ceuta y Melilla”.

Precisamente el IMSERSO tiene publicada una guía en la que precisa cuál es la cifra a la que asciende la pensión de jubilación no contributiva. Su cuantía íntegra en 2023 es de 484,61 euros al mes en 14 pagas (6.784,54 euros anuales).

No obstante, tras conocerse en las últimas horas el dato de inflación adelantado del mes de noviembre y teniendo en cuenta el informe de proyecciones presentado hace unas semanas por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, en 2024 la pensión no contributiva podría verse incrementada en un 6,7%. En cualquier caso, el porcentaje de subida definitivo debe confirmarse en las próximas semanas por el Ejecutivo.

Requisitos para recibir la pensión no contributiva

Pese a no exigirse ningún periodo de cotización, no todas las personas pueden recibir la pensión no contributiva, ya que sí que es necesario cumplir con otra serie de requisitos. Son los siguientes:

- Edad: tener sesenta y cinco o más años.

- Residencia: residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de diez años, en el período que media entre la fecha de cumplimiento de los dieciséis años y la de devengo de la pensión. De esos diez años, dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud de la pensión.

- Ingresos: recibir ingresos personales inferiores a 6.784,54 euros anuales (es decir, a la cuantía íntegra de la pensión de jubilación no contributiva).

Además, el IMSERSO destaca en su guía que la pensión puede verse reducida si se perciben otros ingresos. “En el supuesto de que el beneficiario disponga de rentas o ingresos personales superiores al 35% del importe anual fijado para la pensión no contributiva (2.374,59 euros), la cuantía de la pensión se reducirá en un importe igual a la cantidad en que los ingresos personales, en cómputo anual, excedan del porcentaje indicado”, aclara el organismo.

Asimismo, “si efectuada la reducción en función de las rentas o ingresos personales, el resultado fuera inferior al 25% del importe de la pensión establecida en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, la pensión a reconocer será como mínimo el 25% del importe de la pensión establecida en la Ley de Presupuestos Generales del Estado (1.696,14 euros anuales en 2023).