Qué gastos escolares te puedes deducir y qué tienes que tener en cuenta en la vuelta al cole, según la OCU
Dependen de cada comunidad autónoma.
Todo el que tiene niños está estos días ultimando los detalles para la vuelta al cole, ya sea comprando los libros de texto que falten, la mochila o demás material escolar. La famosa cuesta de septiembre acaba saliendo por un pico: desde la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) estiman que sólo equipar a un niño para el inicio de curso supone unos 520 euros.
De ahí que convenga saber qué gastos relacionados con la escolarización de los hijos se pueden deducir en la próxima declaración de la Renta.
Eso sí, estas deducciones dependen de las comunidades autónomas y, en concreto, están disponibles en Andalucía, Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Comunidad Valenciana, Extremadura, Madrid y Murcia.
A grandes rasgos, son las siguientes (toda la información detallada la encuentras aquí):
Como recoge la OCU, los contribuyentes andaluces pueden deducir "el 15% de lo pagado en 2025 por los gastos de enseñanza escolar o extraescolar de idiomas e informática, con un máximo de 150 euros anuales por cada descendiente que dé derecho al mínimo por descendiente", siempre y cuando la suma de las bases imponibles general y del ahorro no supere los 80.000 euros si se presenta declaración individual ni los 100.000 euros en tributación conjunta.
En Madrid se pueden deducir el 5% de los gastos de adquisición de vestuario escolar, el 15% de los gastos de enseñanza de idiomas y el 15% de los gastos de escolaridad obligatoria.
En Aragón hay deducciones por compra de material escolar y libros de texto en Primaria y Secundaria, aunque, eso sí, hay límites de ingresos. Además, en esa comunidad también se puede deducir el 25% de los gastos en clases de apoyo o refuerzo.
Asturias también cuenta con deducciones por compra de libros de texto y material escolar en Primaria y Secundaria, mientras que en Baleares se pueden deducir los gastos en libros de texto "del segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Ciclos Formativos de Formación Profesional específica, por cada hijo que curse estos estudios y de derecho al mínimo familiar por descendientes, con un máximo de 220 euros por hijo o 350 euros para familias numerosas o monoparentales y contribuyentes menores de 30 años con un grado de discapacidad igual o superior al 33%".
En Canarias se pueden deducir las cantidades pagadas por la compra de material escolar, libros de texto, transporte y uniforme escolar, comedores escolares y refuerzo educativo, "hasta un máximo de 133 euros, por el primer descendiente y de 66 euros adicionales por cada uno de los restantes, siempre que den lugar a aplicar el mínimo por descendientes y estén escolarizados en Educación Infantil, Primaria, Enseñanza Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional de Grado Medio", puntualiza la OCU.
En Extremadura se pueden deducir 15 euros por la compra de material escolar por cada descendiente a cargo en edad escolar obligatoria bajo ciertas condiciones y en Murcia hay deducciones de 120 euros por descendiente por la adquisición de material escolar y libros de texto del segundo ciclo de educación infantil, primaria y ESO y de un 15% de los gastos del aprendizaje de un idioma extranjero.
¿Qué es importante, además de consultar bien los límites o condiciones que pone cada región? Como avisa la organización, guardar todos los justificantes de los gastos escolares.