El Tribunal Constitucional rechaza el recurso de Juana Rivas por estar fuera de plazo

El Tribunal Constitucional rechaza el recurso de Juana Rivas por estar fuera de plazo

La mujer había solicitado la suspensión de la sentencia que le obliga a entregar a sus dos hijos a su marido.

La Sección de vacaciones del Tribunal Constitucional (TC) ha inadmitido a trámite este miércoles, 16 de agosto, la segunda demanda de amparo presentada por la defensa de Juana Rivas por "extemporaneidad", según ha informado el Alto Tribunal, al estimar que se ha presentado fuera del plazo de 30 días fijado por la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC) desde la notificación de la resolución impugnada.

Con este recurso, Rivas, quien se encuentra en paradero desconocido desde el pasado 26 de julio, pretendía frenar de momento la orden de la Audiencia Provincial de Granada para que entregue a sus dos hijos a su expareja.

La letrada que ha llevado el recurso de amparo de Juana Rivas ante el Constitucional, Almudena Mendoza, ha señalado que el dictamen del Alto Tribunal es "absolutamente incongruente" pues el razonamiento de que ha sido "extemporáneo" lo "podían haber dado el 31 de julio cuando dijeron que aún no estaba agotada la vía judicial".

La abogada de Juana Rivas señala que el dictamen del Constitucional es "absolutamente incongruente".

La asesora jurídica de Rivas, por su parte, ha anunciado que la madre recurrirá al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo (Francia), para pedir protección a estos dos menores de once y tres años.

EL FALLO DEL CONSTITUCIONAL

La defensa de Juana Rivas ya presentó un primer recurso el 31 de julio ante el Tribunal Constitucional, que fue también rechazado al no haberse agotado otras opciones ante tribunales ordinarios. En esta ocasión, la providencia del TC explica que el plazo para la interposición del recurso de amparo "ha vencido como consecuencia de la actuación procesal de la parte recurrente".

"El carácter manifiestamente improcedente del modo en que se formuló el recurso extraordinario por infracción procesal y la circunstancia de que voluntariamente se haya desistido del anuncio de la intención de presentar recurso de queja impide que esta actividad impugnatoria pueda ser tomada en consideración a los efectos del cómputo del plazo para la interposición del recurso de amparo, que debe ser considerado extemporáneo por haber sido presentado el 10 de agosto de 2017, transcurridos en exceso los 30 días hábiles", indica la providencia dictada este miércoles.

El TC recuerda que, contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Granada, dictada el pasado 21 de abril (y notificada el día 26 de ese mismo mes), que ordena la devolución de sus dos hijos menores al exmarido de Juana Rivas, en primer lugar, la demandante presentó un recurso extraordinario por infracción procesal ante el Tribunal Supremo.

El Tribunal Constitucional considera "extemporáneo" el recurso de amparo de Juana Rivas, "por haber sido presentado" cuando ya habían "transcurrido 30 días hábiles" del plazo.

Sin embargo, reiterada doctrina de la Sala Civil del alto Tribunal establece que la única vía posible para acceder al recurso de casación es la del recurso por interés casacional (y no el recurso extraordinario por infracción procesal que, en todo caso, puede presentarse en paralelo o con posterioridad al recurso por infracción procesal).

Con posterioridad, añade, la recurrente presentó un recurso de queja contra la resolución del Tribunal Supremo que rechazó el citado recurso extraordinario por infracción procesal.

Antes de que el Tribunal Supremo resolviera el recurso de queja, el TC señala que la recurrente presentó su primer recurso de amparo ante el Alto Tribunal e indica que el pasado 31 de julio, la Sala Segunda del TC lo inadmitió a trámite por estar abierta aún la vía judicial, pues el Supremo no había resuelto el recurso de queja.

Posteriormente, la demandante de amparo desistió del recurso de queja ante el Supremo y presentó el segundo recurso de amparo, resuelto este 16 de agosto por la Sección de vacaciones del Tribunal Constitucional.

La asesora jurídica de Rivas ha anunciado que acudirán al Tribunal de Estrasburgo para "pedir protección" para los dos hijos de la pareja.

LA DEFENSA DE JUANA RIVAS: "ES INCONGRUENTE"

La letrada que ha llevado el recurso de amparo de Juana Rivas ante el Constitucional, Almudena Mendoza, ha señalado que el dictamen del Alto Tribunal es "absolutamente incongruente" pues el razonamiento de que ha sido "extemporáneo" lo "podían haber dado el 31 de julio cuando dijeron que aún no estaba agotada la vía judicial".

La abogada del despacho Montero y Estévez ha lamentado que "el Tribunal Constitucional ha declinado entrar en el fondo del asunto pero la argumentación no se sostiene". Mendoza ha argumentado que la Audiencia Provincial de Granada declaró la firmeza de la sentencia el 9 de agosto de 2017. Por tanto, ha agregado que "desde esta fecha comienza el cómputo de 30 días para la interposición del recurso de amparo".

En este sentido, en la resolución de este miércoles, "que entendió que debía de remitirse a la Audiencia Provincial de Granada para ver si había transcurrido dicho plazo", no entra a resolver "el fondo" y lo inadmite "por una cuestión formal".

En un plazo de 16 días después "dicta una resolución absolutamente incongruente con la anterior en la que dice que ha expirado el plazo y que el recurso es extemporáneo". Ambas resoluciones son "incompatibles porque este razonamiento lo podían haber dado el 31 de julio".

Francisca Granados ha resaltado su respeto a las instituciones, si bien el papel del Ministerio Fiscal, que tiene como "función básica" defender el "interés superior" de los menores, "ha brillado por su ausencia".

Si la sentencia de la Audiencia de Granada hubiera sido firme "nunca se podía haber admitido a trámite el incidente de nulidad de actuaciones por la misma y resolverlo".

PRÓXIMO PASO: ESTRASBURGO

La asesora jurídica del Centro Municipal de Maracena, Francisca Granados, ha anunciado que Juana Rivas recurrirá al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo (Francia), para pedir protección a estos dos menores de once y tres años.

En rueda de prensa, la asesora jurídica de Juana Rivas ha señalado que, tras este "mazazo" que "ha recibido la sociedad española", confía en que, previamente, la Fiscalía adscrita al Tribunal Constitucional para los asuntos de la vía civil presente el recurso de súplica que puede interponer en los próximos tres días hábiles contra la no admisión de amparo solicitado por Rivas, anunciada este miércoles por el Alto Tribunal.

De lo contrario, el Constitucional archivará la cuestión y se habrán cerrado las posibilidades que el equipo jurídico que asiste a Rivas tiene para tratar de "proteger" el "interés superior de los menores" en el ámbito nacional. Se abrirá, en este sentido, la vía europea.

Francisca Granados ha resaltado su respeto a las instituciones, si bien el papel del Ministerio Fiscal, que tiene como "función básica" defender el "interés superior" de los menores, "ha brillado por su ausencia". "La esperanza en el buen funcionamiento" del sistema y el Estado de Derecho "no se va a perder hasta el último aliento", pero "una cosa es la legalidad y otra cosa es la justicia", y si tuviera que "elegir", lo haría por la justicia, ha señalado Granados.