Las dos claves que dejan fuera a los agricultores con las ayudas de 2024
Será el Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) el organismo que establecerá el listado de los agricultores beneficiarios sin posibilidad de presentar una solicitud
Debido al aumento en los precios de los fertilizantes, el Gobierno ha implementado un programa de ayudas excepcionales diseñadas para apoyar a los agricultores y productores agrícolas que se enfrentan a mayores costes de producción. El objetivo de estos beneficios es compensar parcialmente el incremento de los gastos y asegurar la sostenibilidad de las explotaciones agrícolas.
El presupuesto es de 300 millones de euros y se gestionarán directamente por parte del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA).
Los usos del suelo que se van a beneficiar de estas ayudas son superficies de tierras de cultivo. Se excluyen de esta ayuda los pastos permanentes, los temporales, los barbechos y las superficies no agrarias que se hayan declarado en la solicitud única. Las definiciones de estos tipos de uso del suelo serán las recogidas en el artículo 3 del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, explica el Ministerio.
Requisitos para acceder a la ayuda
Para poder ser beneficiario de la ayuda, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación explica que se deben cumplir una serie de requisitos:
1. Ser agricultor que haya presentado la solicitud única de ayudas de la PAC para la campaña 2022 y que tenga derecho al cobro de al menos una ayuda directa por superficie.
Se entienden por ayudas directas por superficie:
• El pago básico,
• El régimen de pequeños agricultores,
• El pago verde, o el pago para jóvenes agricultores,
• Las ayudas acopladas ligadas a superficies de cultivo y el pago específico por cultivo de algodón.
Por tanto, quedan excluidos de esta ayuda de fertilizantes aquellos titulares de explotación que no cumplan los requisitos para percibir los pagos directos en la campaña 2022 (requisitos como, por ejemplo, respetar el plazo de presentación de la solicitud única, la condición de agricultor activo, alcanzar la cuantía mínima de pago directos de 300 €, cumplir los requisitos de subvencionabilidad, etc.).
2. Contar con superficies de cultivos permanentes y/o tierras de cultivo elegibles para el cobro de al menos una ayuda directa por superficie.
3. Encontrarse al día con sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
4. Alcanzar la cuantía mínima de 200 euros para esta ayuda a los fertilizantes
Cantidad que percibe el beneficiario de la ayuda
Hay que distinguir entre dos importes unitarios máximos en función de la explotación:
• 22 euros por hectárea de secano
• 55 euros por hectárea de regadío.
Sin embargo, no existe distinción entre tierras de cultivo (TC) y cultivos permanentes (CP).
Una vez fijados estos importes unitarios definitivos, la ayuda a percibir por un beneficiario se ha calculado multiplicando las hectáreas objeto de ayuda descritas en la pregunta 3 por dichos importes.
No obstante, debe tenerse en cuenta otros dos puntos:
• Umbral mínimo de pagos de 200 euros. Si el importe calculado conforme al párrafo anterior es inferior a 200 euros, el beneficiario no podrá beneficiarse de esta ayuda.
• Límite de superficie de 300 hectáreas. Si la superficie subvencionable de una explotación supera este límite, solo estas primeras se beneficiarán de la ayuda. Si la explotación dispone de superficie de regadío y de secano, se priorizará la concesión de la ayuda sobre la superficie de regadío.
Los importes unitarios definitivos se han calculado por parte del FEGA en base al listado provisional de beneficiarios y superficies que se podrán acoger a esta ayuda, alcanzando los valores siguientes:
• 20,823597 euros por hectárea de secano
• 52,058992 euros por hectárea de regadío
¿Cómo puedo solicitar la ayuda
Según ha publicado el Ministerio de Agricultura “no está prevista la presentación de una solicitud para beneficiarse de estas ayudas. Será el Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) quien establecerá de oficio el listado de los agricultores beneficiarios y la cuantía de la ayuda a percibir por cada uno de ellos”.
La tramitación de todas estas ayudas se hará exclusivamente por medios electrónicos a través de la sede electrónica del FEGA, incluyendo la publicación de las resoluciones, la presentación de alegaciones, la subsanación de trámites y las notificaciones a los interesados.
Por último, el Ministerio advierte a los agricultores que para poder realizar todos estos trámites online será necesario que el beneficiario o su representante dispongan de un certificado digital válido.