Hacienda responde a millones de españoles que aún no han recibido la devolución de la Renta

Hacienda responde a millones de españoles que aún no han recibido la devolución de la Renta

La Agencia Tributaria dispone de un plazo amplio para realizar el ingreso.

Imagen de archivo de una oficina de la Agencia TributariaEuropa Press via Getty Images

Hace poco más de tres semanas, el miércoles 3 de abril, se inició la Campaña de la Renta 2023-2024. Desde entonces, miles de contribuyentes han hecho su declaración y muchos de ellos incluso han recibido ya el dinero si les ha salido a devolver.

De hecho, el propio Ministerio de Hacienda confirmó el 3 de abril en su cuenta oficial en la red social X (anteriormente conocida como Twitter) que las devoluciones comenzarían a abonarse el viernes 5 de abril, es decir, 48 horas después de que se abriera el plazo para realizar la declaración.

En cualquier caso, si eres de esas personas a las que la declaración de la Renta les ha salido a devolver y estás a la espera de recibir el dinero en tu cuenta bancaria, debes saber que el plazo para que se produzca el ingreso es muy amplio.

La Agencia Tributaria aclara en su sitio web que “dispone de seis meses, desde el término del plazo de presentación de las declaraciones, o desde la fecha de la presentación si la declaración fue presentada fuera de plazo, para practicar la liquidación provisional que confirme o rectifique el importe de la devolución que has solicitado”.

Cabe destacar que la Campaña de la Renta 2023-2024 llegará a su fin el 1 de julio. Por lo tanto, Hacienda tiene de plazo hasta el 31 de diciembre de 2024 para ingresarle el dinero a las personas a las que la declaración de la Renta les salga a devolver.

No obstante, ese plazo no se aplica si la Agencia Tributaria le pide a un contribuyente información adicional para comprobar que los datos comunicados en la declaración de la Renta son verídicos.

Por otro lado, respecto a las devoluciones, Hacienda explica que “con carácter general, la devolución se efectúa mediante transferencia bancaria a la cuenta de tu titularidad que hayas indicado en el documento de ingreso o devolución”.

La Agencia Tributaria también recuerda que “si el resultado final de tu declaración fue una cantidad a devolver puedes consultar el estado de la devolución que has solicitado. La consulta se realiza accediendo a tu expediente a través del Servicio de tramitación del borrador/declaración (Renta Web)”.