El castigo físico en el ejército se considera un delito de abuso de autoridad

El castigo físico en el ejército se considera un delito de abuso de autoridad

El caso de Cerro Muriano demuestra que no se han erradicado del todo en el seno de las fuerzas armadas, por más que los profesionales lo crean impropio.

Maniobras de la Brigada 'Guzmán el Bueno' X de Cerro Muriano, en una imagen de archivo.Carlos de Andres / Cover / Getty Images

El castigo físico en las Fuerzas Armadas se considera un delito de abuso de autoridad en la modalidad de trato degradante tipificado en el Código Penal Militar, si bien fuentes jurídicas consultadas por EFE advierten que no está claro que lo ocurrido en la base de Cerro Muriano (Córdoba) encaje en este supuesto.

Ayer lunes trascendió que el soldado que falleció ahogado el pasado 21 de diciembre en unas maniobras en un pantano en esa base cordobesa llevaba sobrepeso en su mochila como castigo por un ejercicio anterior.

Algunos de los militares que participaron llevaban ese lastre, entre ellos el soldado Carlos León Rico, según ha confirmado a EFE el abogado penalista Luis Romero, que representa a la familia del militar fallecido.

El sobrepeso lo llevaban en la mochila alrededor de una veintena de los sesenta soldados que iban a participar en las maniobras en las que, además del soldado, también falleció el cabo Miguel Ángel Jiménez Andújar.

Totalmente prohibido

El respeto a la dignidad humana está presente en la ley de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas y en su código de conducta militar, por lo que el castigo físico está totalmente prohibido, señalan a EFE fuentes militares.

Así, la ley orgánica 9/2011 de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas establece que "la dignidad y los derechos inviolable de la persona son valores que tiene obligación de respetar y derecho a exigir. En ningún caso los militares estarán sometidos, ni someterán a otros, a medidas que supongan menoscabo de la dignidad personal o limitación indebida de sus derechos".

La ley orgánica 8/2014 del régimen disciplinario de las Fuerzas Armadas contemplan las siguientes sanciones en función de la falta: reprensión, privación de salida de 1 a 8 días, sanción económica de 1 a 8 días y arresto de 1 a 14 días si es leve.

Las faltas graves se castigan con sanción económica de 8 a 15 días, arresto de 15 a 30 días, pérdida de destino o baja en el centro docente militar de formación, mientras que para las muy graves se establece el arresto de 31 a 60 días, suspensión de empleo, separación del servicio o resolución de compromiso.

Régimen disciplinario

Si un militar incurre en alguna falta, el superior debe acudir al régimen disciplinario para imponer la sanción correspondiente y no a otro tipo de castigos.

Las fuentes consultadas inciden en que la falta de disciplina "no se corrige poniendo más peso en la mochila sino a través de la ley de régimen disciplinario".

Por ello, si el sobrepeso se ordenó como una medida disciplinaria por unos hechos que se consideraron que estaban mal, podría ser considerado como un delito de abuso de autoridad.

En caso de que el lastre en las mochilas formara parte del diseño del ejercicio también se podría incurrir en un delito penal por no haber empleado las técnicas de prevención de accidentes y no haber tenido en cuenta, además, variables como la preparación de los soldados o las condiciones ambientales, explican las fuentes.

Las condiciones de la prueba

Las fuentes consultadas por la SER aseguran que "no había línea de vida", que "no había ni ambulancia ni flotadores o salvavidas" a los que poder asirse en caso de peligro. Y que en la balsa "no se hacía pie".

Preguntados previamente por los mandos, varios soldados quedaron excluidos del ejercicio al no saber nadar.

La práctica se frustró unos minutos después de entrar en el agua los primeros efectivos. De hecho la segunda compañía no llegó ni siquiera a iniciar el ejercicio.

Los mandos y el resto de soldados que estaban fuera del agua fueron los primeros en socorrer a los compañeros, que pedían auxilio desde el agua. Uno de ellos, el cabo, Miguel Ángel Jiménez Andújar, que se convirtió en una de las dos víctimas mortales del ejercicio.

Otro de los soldados fue rescatado del agua en parada cardiorrespiratoria. Le salvó la vida otro militar antes incluso de que llegara la ambulancia, al hacerle la maniobra de reanimación cardiopulmonar (RCP).

Las fuentes explican que incluso algunos de los efectivos que iniciaron el rescate terminaron teniendo que ser a su vez rescatados y atendidos por hipotermia, después de entrar en el agua en busca de los dos desaparecidos.

El Ministerio de Defensa apartó del mando al capitán que ordenó el ejercicio horas después del suceso.