¿Está obligado un Gobierno en funciones a someterse a las sesiones de control del Congreso?

¿Está obligado un Gobierno en funciones a someterse a las sesiones de control del Congreso?

PP y Vox se quejan de que Armengol no permita preguntas al Ejecutivo ni se hayan constituido aún las comisiones permanentes.

Pedro Sánchez, en el CongresoEuropa Press via Getty Images

El último pleno con sesión de control al Gobierno en el Congreso de los Diputados se celebró el pasado 17 de mayo, once días antes de las elecciones autonómicas y municipales del 28-M y doce antes de que Pedro Sánchez anunciara el inesperado adelanto electorales de las generales para el 23 de julio. Desde entonces, y ya han pasado cinco meses, el Ejecutivo no ha vuelto a someterse a las preguntas de la Cámara. 

El gobierno de Sánchez está desde el 23-J en funciones; es decir, sólo puede facilitar el desarrollo del proceso de formación de un nuevo Ejecutivo y ceñirse a la gestión ordinaria de los asuntos públicos, salvo casos de urgencia debidamente acreditados o por razones de interés general que lo justifiquen. No puede, por ejemplo, aprobar los Presupuestos Generales del Estado del año correspondiente ni presentar proyectos de ley. Pero, según el Tribunal Constitucional, sí debe comparecer en el Congreso y el Senado para dar explicaciones sobre su actividad.

Así lo recoge una sentencia de 2018 del Alto Tribunal, donde se especifica que "el hecho de que el Gobierno esté en funciones no impide la función de control de las Cámaras, ya que en la medida en que el Gobierno sigue desarrollando actividad, esta no puede quedar exenta del control de las Cortes Generales". 

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El Constitucional tuvo que pronunciarse a solicitud del PSOE por reclamar una comparecencia de la entonces Ministra de Defensa en funciones, María Dolores de Cospedal, en el Congreso en el año 2016. El gobierno de Rajoy, en aquel momento, consideró que no debía rendir cuentas a la Cámara al encontrarse en funciones dado que "no existía relación de confianza entre ambos órganos constitucionales". 

Ahora, las tornas han cambiado y es el PP (junto a Vox) quien demanda que el gobierno de Sánchez esté sujeto al control de la Cámara Baja. El Grupo Parlamentario Popular registró la semana pasada un escrito dirigido a la Mesa del Congreso en el que solicitaba que "se realicen todas las actuaciones necesarias para que de manera inmediata las Cortes Generales puedan ejercer la función de control al Gobierno". 

El PP recuerda que las Cortes llevan casi dos meses constituidas, desde el pasado 17 de agosto, pero que aún no se ha convocado ninguna sesión de este tipo. Vox, por su parte, presentó una petición en el mismo sentido el pasado 31 de agosto y volvió a reiterarlo a primeros de octubre.

  La presidenta del Congreso, Francina Armengol

Bajo la dinámica de trabajo habitual en el Congreso, es la Junta de Portavoces la que fija el orden del día de las sesiones plenarias. Pero la Mesa, de mayoría progresista y con Francina Armengol como presidenta, no ha agendado ninguna reunión por el momento y tampoco hay calendario de plenos hasta, mínimo, el 23 de octubre. Ni siquiera se han constituido las comisiones permanentes, que en teoría deben estar en funcionamiento a los diez días siguientes de la puesta de largo de las Cortes.

La teórica postura en contra de la presidenta Armengol a convocar las sesiones de control al gobierno o a constituir las comisiones permanentes ha hecho que hasta periódicos como ABC le acusen a través de uno de sus editoriales de "impedir el control" al Ejecutivo. "Optan por persistir en el bloqueo e impiden la pertinente rendición de cuentas", señala el diario de Vocento.

¿Está por tanto obligada Armengol a convocarlas y el Gobierno a someterse a ellas? María Isabel Álvarez Vélez, profesora de derecho constitucional de Comillas ICADE, señala a preguntas de El HuffPost que el Constitucional ya dejó claro en su sentencia de 2018 que la idea de poder formular preguntas al Gobierno "es fundamental para su función representativa". 

Sin embargo, la profesora también advierte de que las cuestiones formuladas deben ceñirse a la actividad limitada del Ejecutivo en funciones. "Las Cámaras no deben extralimitarse en su función y deban plantear aquellas preguntas que tengan como finalidad ser informadas de las actividades que está llevando a cabo el Gobierno y no utilizar la comparecencia de los miembros del ejecutivo con fines electorales", señala. 

Es decir, el Ejecutivo podría, por ejemplo, ser preguntado por la postura del gobierno acerca del conflicto entre Israel y Hamás, dado que se ha tenido que pronunciar al respecto, pero no sobre una ley de amnistía que no ha sido por el momento presentada. Si las cuestiones formuladas son futuribles o no se ciñen a su actividad, "la mesa puede inadmitirlas", asegura Álvarez Vélez. 

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Licenciado en periodismo por la Universidad Carlos III. Actualmente, es redactor de política en El Huffington Post, tras nueve años como coordinador en ABC, cuatro como director digital en el grupo COPE y seis meses en Mediaset. Puedes contactar con él en javier.escartin@huffpost.es