Retiran la pensión de incapacidad absoluta a un afectado que no experimenta una mejoría

Retiran la pensión de incapacidad absoluta a un afectado que no experimenta una mejoría

La justicia le ha acabado dando la razón al afectado.

El Instituto Nacional de la Seguridad Social de Navarra en una imagen de archivoEduardo Sanz / Europa Press

Una persona que no ha experimentado una mejoría durante un lustro ha visto cómo la Seguridad Social le retiró la pensión por incapacidad absoluta de 916 euros que le había sido concedida en 2019. Una decisión que fue tumbada por la justicia al darle la razón a este afectado, reconociendo que sus limitaciones funcionales son tales que está impedido para realización de cualquier tipo de actividad profesional.

Se trata de lo sucedido a un administrativo autónomo, según recoge en una información La Voz de Asturias. Tal y como señala el citado medio, primero acudió al juzgado de lo social de Gijón que falló a su favor y la sentencia ya ha sido confirmada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA).

Ese último pronunciamiento del Superior asturiano supone que se tumba el recurso de suplicación del Instituto de la Seguridad Social y obliga obligaba a mantener la declaración de la incapacidad permanente en grado de absoluta, la pensión de 916,64 euros y el derecho a las revalorizaciones y actualizaciones pertinentes desde que dejó de recibir los pagos el pasado año.

Un cuadro clínico marcado por astenia, lumbalgia o infecciones

Una de las claves de este caso pasa por el cuadro clínico que presenta el afectado, que derivó en un incapacidad temporal fruto de una enfermedad común que sufrió en octubre de 2017. Dicho cuadro, además de ser complejo y haber evolucionado todo este tiempo sin un diagnóstico claro, está marcado por el deterioro físico por caquexia y palidez, pero también astenia intensa, infecciones periódicas, distensión abdominal y lumbalgia.

El Superior autonómico acabó concluyendo que "es cierto que no existe un diagnóstico claro que justifique el pésimo estado de salud del actor, pero lo cierto es que sus limitaciones funcionales son de tal magnitud que le impiden cualquier tipo de actividad profesional, por liviana que sea".

En la sentencia "destacamos el síndrome de fatiga crónica, descrito por el perito que actuó en el juicio y que determina la llamada vida de cama-sillón, pues el paciente carece de la energía suficiente para llevar a cabo una vida normalizada. Tanto es así que precisa de cuidados y de auxilio en su vida cotidiana".

Además, el Superior asturiano apunto a que "el hecho de que no acuda a las citas lo justifica su propio estado de salud, circunstancia que ha sido constatada por su médico de atención primaria, que ha debido atenderle en el domicilio, ante la imposibilidad de desplazamiento".