Deducción por maternidad y paternidad en la Renta 24-25: qué me puedo desgravar y en qué casilla
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Deducción por maternidad y paternidad en la Renta 24-25: qué me puedo desgravar y en qué casilla

Es necesario cumplir ciertos requisitos que, por lo general, se suelen cumplir en madres y padres con menores de tres años a su cargo.

Una trabajadora de Hacienda en la campaña de la Renta 2022.Carlos Lujan

A partir de este miércoles se abrirá el plazo para realizar la declaración de la renta correspondiente al curso 2024-25. Este es un proceso que trae de cabeza a millones de contribuyentes por muchos motivos (actualizar información, presentar pagos, documentos, nóminas, etc.)

Uno de los datos que deben constar en la declaración tiene que ver con la maternidad o paternidad y los gastos que uno puede deducirse si tiene menores a su cargo y así aprovechar las armas legales para conseguir pagar menos en según que situaciones. En esta ocasión les explicamos cómo debe realizarse este proceso y cuáles son las posibilidad para pagar menos impuestos.

Por un lado, hablamos de la deducciones por maternidad, que se tratan de ayudas económicas que tienen como objetivo a las madres trabajadoras que tengan hijos menores de tres años. Según explican desde la Agencia Tributaria, este proceso permite reducir los impuestos derivados de gastos que tengan que ver con el nacimiento o adopción del menor a cargo. 

Además, también se puede aplicar a parejas en las que ambos progenitores sean del mismo sexo o para padres en el caso de que la madre haya fallecido. La duda ahora es: cuál es el montante máximo que se puede deducir una madre.

Pues bien, hablamos de que el importe máximo en este aspecto es de 1.200 euros anuales por cada hijo. Se calcula de forma proporcional al número de meses del período impositivo posteriores al momento en que se cumplan los requisitos. Para llevarlo a cabo de forma efectiva, hay que señalar la casilla 611, lugar en el que se especifican todas las bases de cotización mensuales y de los meses que dan derecho a dicha prestación.

Para acceder a esta 'ayuda' legal, se exigen unos requisitos:

  • Tener hijos por naturaleza, y se aplica desde el mes de nacimiento hasta el mes anterior a que cumpla los tres años, según el Registro Civil.
  • Menores en régimen de tutela
  • Tener hijos adoptados o menores en acogimiento, de forma permanente o preadoptiva

La siguiente cuestión sería: ¿Qué documentos hay que presentar para poder poder tener derecho a estas deducciones? Pues bien, sería necesario incluir las facturas de los centros en los que se ha matriculado al menor (guardería o centro escolar), así como señalar inequívocamente el nombre de la entidad, fecha, importe pagado y los datos.

Al mismo tiempo, es obligatorio presentar el certificado de maternidad siempre que se haya optado a adquirir baja por maternidad o paternidad durante 2024. Por último, también sería necesario presentar la declaración de la renta del año anterior si se han conseguido estas deducciones en años previos.

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