Este es el día en el que Hacienda cobra el segundo pago de la declaración de la Renta

Este es el día en el que Hacienda cobra el segundo pago de la declaración de la Renta

La Agencia Tributaria permite a los contribuyentes fraccionar el pago en dos plazos.

Una sede de la Agencia Tributaria, en una imagen de archivoGVA vía EUROPA PRESS

El plazo para entregar la declaración de la Renta correspondiente al ejercicio fiscal 2022 finalizó en el mes de junio. Sin embargo, aún resta una fecha importante relacionada con ella, la del segundo pago.

La Agencia Tributaria permite (a aquellas personas a las que les salió la declaración a pagar) poder fraccionar el pago en dos plazos. Tal y como explica el organismo en su sitio web, el primero de esos pagos, de un 60% del importe total, se realiza en el momento de presentar la declaración. Y el segundo, del 40% restante, debe llevarse a cabo “hasta el día 6 de noviembre de 2023, inclusive”.

No obstante, el contribuyente solo tendrá que preocuparse de esa fecha si no se ha domiciliado el pago. En ese supuesto, Hacienda detalla que se debe acudir “a cualquiera de las entidades colaboradoras sitas en territorio español, directamente o por vía electrónica, mediante el documento de ingreso, modelo 102, que podrá obtener mediante descarga a través del portal de Internet de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en la dirección electrónica http://sede.agenciatributaria.gob.es o bien en cualquier Delegación o Administración de la Agencia Estatal de Administración Tributaria”.

En caso de que el pago sí que se encuentre domiciliado, “el 6 de noviembre de 2023, la entidad colaboradora en la que se domicilió el pago del segundo plazo se encargará de adeudar su importe en la cuenta indicada por el contribuyente, remitiéndole a continuación el correspondiente justificante de pago. En este caso, deberá disponerse de saldo suficiente en la cuenta indicada”, explica la Agencia Tributaria.

Requisitos para poder fraccionar el pago

Para poder beneficiarse de este fraccionamiento del pago de la declaración de la Renta, Hacienda subraya que es necesario cumplir con dos requisitos:

1. Que la declaración se presente dentro del plazo establecido y no se trate de una autoliquidación complementaria.

2. Que en el momento de la presentación de la declaración se efectúe el ingreso del 60% del importe resultante de la misma.

Asimismo, la Agencia Tributaria indica que “en el caso de los contribuyentes que confirmen y presenten el borrador de declaración a través de la aplicación para dispositivos móviles, el pago del importe de la deuda tributaria resultante deberá realizarse necesariamente en dos plazos mediante domiciliación bancaria de ambos plazos”.