Si no quieres que Hacienda te embargue el sueldo, tienes que cumplir estas obligaciones

Si no quieres que Hacienda te embargue el sueldo, tienes que cumplir estas obligaciones

Hay varios motivos por el que te pueden quitar un buen porcentaje de tu salario.

El logotipo de la Agencia TributariaEuropa Press / Cézaro De Luca

A pesar de que la campaña de la Declaración de la Renta 2022-2023 ya finalizó el 30 de junio, los deberes con la Agencia Tributaria no cesen el resto del año y es conveniente estar a corriente de los pagos con Hacienda si no quieres que, a partir de ahora, te embarguen el sueldo. 

La principal razón por el que la Agencia Tributaria te puede embargar tu salario es que tengas deudas sin pagar. La medida parte con el fin último de que todos los contribuyentes estén al corriente de sus obligaciones fiscales. 

Además de las deudas fiscales impagadas, otro de los motivos para que se produzca el mencionado embargo del sueldo es que debas impuestos al Gobierno. También se puede producir si así viene estipulado en una resolución administrativa o judicial en la que se refleje el incumplimiento de pagos a Hacienda. 

¿Pueden embargarme el sueldo sin previo aviso?

No obstante, antes de que se efectúe el embargo, desde Hacienda te tienen que enviar una notificación avisando de que tienes una deuda impagada y que se procederá a efectuar esta medida si no saldas la deuda lo antes posible. 

Tras ese aviso, desde el juzgado te harán llegar una notificación informando de la resolución del embargo. Si sigues sin pagar, la Agencia Tributaria avisará a tu empresa que vas a recibir un mensaje de Hacienda con la cantidad a retener. 

Si finalmente la saldas, Hacienda mandará una nueva notificación tanto a ti como contribuyente como a tu empresa informando del levantamiento del embargo. 

Cantidad de sueldo que te puede embargar Hacienda

Por supuesto, Hacienda no te puede retener el 100% de tu salario, tal y como se recoge en el artículo 27.2 del Estatuto de los Trabajadores. El porcentaje de embargo depende del sueldo que se cobre, pero en ningún caso te pueden dejar con menos del Salario Mínimo Interprofesional, que actualmente se sitúa en los 1.080 euros: 

  • 30% de embargo si cobras entre 1.080 y 2.160 euros.
  • 50% de embargo si cobras entre 2.160 y 3.240 euros.
  • 75% de embargo si cobras entre 4.320 y 5.400 euros.
  • 90% de embargo si cobras más de 5.400 euros.