Audiencia Nacional anula el archivo de una investigación de Pedraz sobre Gali

Audiencia Nacional anula el archivo de una investigación de Pedraz sobre Gali

La Sala pide al juez que concluya la instrucción del sumario “con o sin procesamiento”.

El abogado de Brahim Gali, Manuel Olle, en Madrid, el pasado 1 de junio.Europa Press via Getty Images

La Audiencia Nacional ha revocado este miércoles por un defecto de forma el archivo dictado por el juez Santiago Pedraz el 29 de julio de la causa abierta al líder del Polisario, Brahim Gali, en relación a la querella por delitos de genocidio de la Asociación Saharaui para la Defensa de los Derechos Humanos.

En un auto, la sección segunda de la Sala de lo Penal estima parcialmente los recursos presentados por los querellantes y explica que la causa se inició en virtud de la querella por presuntos delitos de genocidio en concurso con los delitos de asesinato, lesiones, detención ilegal, terrorismo, torturas y desapariciones.

La tipificación de delitos, dice la Audiencia, debe tramitarse como sumario y no como se ha hecho el juzgado

Una tipificación de delitos, observa la Audiencia, que se deben tramitar como sumario y no como se ha tramitado en este caso por el juzgado, mediante diligencias previas de procedimiento abreviado.

En el sumario, la decisión de sobreseimiento es “exclusiva” de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional y puede ser recurrida en casación de acuerdo con el artículo 848 de la Ley de Enjuiciamiento criminal, indica el auto.

La Sala de la Audiencia pide a Pedraz, que aún mantiene abierta otra investigación a Gali por una querella de un activista saharaui, que “previa acomodación del procedimiento”, “con libertad de criterio”, decida si concluye la instrucción del sumario “con o sin procesamiento”.

“Insuficiencia” de indicios

La Asociación Saharaui para la Defensa de los Derechos Humanos (ASADEDH) se querelló contra más de una veintena de agentes del Frente Polisario y de la seguridad argelina a los que culpa de cometer graves violaciones de los Derechos Humanos en los campamentos de refugiados saharauis ubicados en Tinduf (Argelia) entre 1975 y 1990. En concreto, denunció una “limpieza étnica” contra las minorías tekna, aitusa, yegutt y contra los pobladores del ex Sáhara español.

Pedraz archivó la querella para Ghali al observar una “manifiesta insuficiencia” de indicios que apuntaran a que participó en los presuntos abusos, “contradicciones” en el relato de los denunciantes y falta de concreción en lo testimonios escuchados sobre la supuesta implicación del líder saharaui en los hechos.

Además, el magistrado entendió que la responsabilidad penal por estos presuntos delitos ha expirado porque el Código Penal aplicable es el de 1973, que establece un plazo de prescripción de 20 años, ampliamente superado.

Incluso si se aplicara el actual, razonó el juez, “las conductas expuestas en la querella no integran todos los elementos del delito de genocidio”, por cuanto no observa la “intención conjunta” de los acusados de “destruir total o parcialmente el propio grupo nacional al que pertenecen”, aduciendo asimismo que “no hay rastros de esos subgrupos” en los que los querellantes dividen al pueblo saharaui según su localización geográfica.

La otra querella

Pedraz tiene entre manos otra presentada por el activista saharaui de nacionalidad española Fadel Breica por las torturas que habría sufrido en los campamentos de Tinduf en 2019.

De acuerdo con Breica, al llegar allí agentes del Frente Polisario le amenazaron para que se fuera pero, lejos de hacerlo, organizó protestas, siendo arrestado y trasladado a centros de detención clandestinos donde habría sufrido golpes y descargas eléctricas, según su versión.

Esta segunda querella estaba a la espera de un último testigo, un hombre que habría estado detenido en la misma cárcel que Breica y que podría dar cuenta de las presuntas violaciones de los Derechos Humanos por las que se investiga al Frente Polisario.

Debía haber declarado el 29 de junio, pero tuvo que aplazarse al 27 de julio por problemas en la obtención del visado para venir a España. A día de hoy estos problemas persisten, por lo que Pedraz ha suspendido la testifical y sopesa el archivo de la querella y, por ende, el cierre de la causa, según las fuentes jurídicas consultadas por Europa Press.

Además, el titular del Juzgado de Instrucción Número 7 de Zaragoza, Rafael Lasala, estudia si hubo delito de prevaricación en la entrada y salida de Ghali de España. El magistrado ha citado para el próximo 4 de octubre a la ex ministra de Asuntos Exteriores Arancha González Laya para que declare en calidad de imputada.

El paso de Gali por España

Las acusaciones contra Gali cobraron impulso cuando se supo que estaba en España, en el Hospital de San Millán-San Pedro (Logroño), donde fue ingresado el 18 de abril con un cuadro grave por complicaciones derivadas del coronavirus.

Ghali compareció el 1 de junio ante Pedraz por videoconferencia desde el centro sanitario y negó cualquier implicación las violaciones de los Derechos Humanos. Su defensa ha esgrimido en sucesivos escritos que se trata de una causa política para minar las aspiraciones de autodeterminación del pueblo saharaui.

Tras escuchar al líder del Frente Polisario, Pedraz acordó dejarlo libre sin medidas cautelares al no ver indicios de delito en su contra. Pocas horas después, en la madrugada del 2 de junio, regresaba a Argelia en un avión medicalizado.