El TSJM también rechaza las medidas cautelarísimas solicitadas por Vox contra las restricciones en Madrid

El TSJM también rechaza las medidas cautelarísimas solicitadas por Vox contra las restricciones en Madrid

El máximo organismo judicial de Madrid considera que no es necesaria una ratificación judicial previa para activar las restricciones.

Abascal y Monasterio, juntos con gesto serioSOPA Images via Getty Images

Segundo revés judicial a Vox en un mismo día. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha rechazado las medidas cautelarísimas solicitadas por Vox contra las restricciones de movilidad en Madrid. De este modo, el máximo organismo judicial autonómico se suma a la Audiencia Nacional, que había hecho lo propio varias horas antes.

El TSJM considera que no es necesaria una ratificación judicial previa para su activación, como defendía el partido. En la misma línea, los magistrados de la Audiencia Nacional consideraron que no hay razones de especial urgencia y recuerdan que los recurrentes no son los destinatarios directos de la resolución impugnada, por lo que no caben esas medidas “cautelarísimas” que defendía Vox.

El partido de ultraderecha defendía que las medidas cuestionadas “no son eficaces para proteger” a los ciudadanos, que son “inapropiadas” y que “no están correctamente redactadas”. Por ello presentaron un recurso en el que solicitaban medidas cautelarísimas “con la finalidad de evitar la vía de hecho que puede implicar violaciones de derechos fundamentales”, al publicar las nuevas restricciones y ponerlas en vigor sin un respaldo judicial previo.

Las cautelarísimas ante el Alto Tribunal madrileño fueron registradas el pasado sábado por la portavoz de Vox en la Asamblea de Madrid, Rocío Monasterio, al considerar que la orden del Ministerio se basa en una decisión política y no científica. “Ni el acuerdo del Consejo Interritorial del Sistema Nacional de Salud ni, en consecuencia la Orden del Ministro refieren en sus textos ningún estudio científico preciso que justifique la adopción de las medidas. Presentan la apariencia de ser más políticas que científicas”, se recoge en el recurso.

(Las medidas) se adoptan en cumplimiento y ejecución de la Orden Comunicada del Ministro de Sanidad
Tribunal Superior de Justicia de Madrid

“Con evidencia” considera la sala que no se da esa vía de hecho, primero porque las medidas adoptadas en la Orden de la Comunidad del 1 de octubre “se adoptan en cumplimiento y ejecución de la Orden Comunicada del Ministro de Sanidad, de 30 de septiembre de 2020, mediante la que se aprueba la declaración de actuaciones coordinadas en salud pública para responder ante situaciones de especial riesgo por transmisión no controlada de infecciones causadas por el SARS-COV-2″ .

Además, subraya, el pasado día 5 la Comunidad de Madrid pidió a la misma Sección Octava la ratificación de la citada Orden, una cuestión sobre la que la sala se pronunciará en breve tras haber escuchado el criterio de la Fiscalía, que este martes ha considerado procedente la ratificación de las medidas que limitan las entradas y salidas en diez municipios de la comunidad, entre ellos la capital.