Google News reabrirá en España a principios de 2022

Google News reabrirá en España a principios de 2022

Tras la aprobación del Real Decreto Ley que traspone a la normativa española la directiva europea de derechos de autor.

Captura de pantalla del comunicado de Google.GOOGLE

Google News ha anunciado hoy que ha tomado la decisión de “reabrir” a principios del próximo año en España, después de que cerrara en 2014 debido a la conocida como “tasa Google”, tras la aprobación del Real Decreto Ley que traspone a la normativa española la directiva europea de derechos de autor.

Así lo ha anunciado este miércoles Google en un comunicado en el que, pese a que no da fechas, anuncia que “próximamente” volverá a poner en funcionamiento este servicio a comienzos de 2022, un regreso que califican de “excelente noticia” para los lectores españoles.

“Desde principios del próximo año, Google Noticias ofrecerá enlaces a noticias útiles y relevantes, procedentes de un amplio espectro de fuentes, que ayudarán al público español a encontrar más información sobre noticias de actualidad y a profundizar en las temáticas”, han explicado.

Desde Google, según el comunicado, su servicio de Noticias “ayuda al público a obtener más información de un número mayor de fuentes” y por eso lo califican de “herramienta esencial en la lucha contra la desinformación”. “Por otro lado -agrega la nota- Google Noticias ayuda a que los periodistas y editores tengan más lectores y genera un tráfico gratuito muy valioso para ellos”.

Asimismo, explican que al tiempo que se reabrirá Google Noticias, la nueva ley de derechos de autor permitirá a los medios de comunicación españoles, “grandes y pequeños, decidir libremente cómo se pueden encontrar sus contenidos en internet y cómo generan ingresos con ellos”.

Por eso han avanzado que en los próximos meses trabajarán con los medios de comunicación para alcanzar acuerdos que “protejan” sus derechos conforme a la nueva ley.

Al mismo tiempo, también trabajarán para ofrecer en España “Google News Showcase”, un programa de productos bajo licencia, que aporta una nueva experiencia y “paga a los editores para que generen contenidos especialmente cuidados, destinados a los paneles de historias de ‘Google News’ y ‘Discover’”.

“Creemos que, para dar un futuro sólido al periodismo, se requiere una colaboración entre las empresas tecnológicas, los medios informativos y los gobiernos. A lo largo de los años, hemos hecho muchas cosas para apoyar la evolución y la sostenibilidad del periodismo a largo plazo”, ha afirmado.

En este sentido, según explican, en esta labor de apoyo al periodismo han “propiciado cada mes miles de millones de visitas a sitios web de medios de información de todo el mundo, hasta mejorar la manera en que se presentan a los lectores los medios que deciden formar parte de productos como el Buscador o Google Noticias”.

“También hemos proporcionado ingresos a los medios, mediante herramientas y tecnología para gestionar la publicidad digital en sus sitios web y aplicaciones. Cada año, los socios editoriales de nuestra red publicitaria reciben directamente de nosotros miles de millones de dólares. En España, entre 2018 y 2020, Google pagó más de 130 millones de dólares (más de 112 millones de euros) a los cinco principales socios editores de noticias de nuestra red publicitaria”, han concluido.

Decreto en el BOE

Con su publicación en el BOE el decreto entra en vigor, si bien el Parlamento deberá posteriormente convalidarlo o derogarlo y cabe la posibilidad de modificaciones en el articulado durante este trámite.

Según el actual texto legal, “la puesta a disposición del público por parte de prestadores de servicios que faciliten instrumentos de búsqueda de palabras aisladas no estará sujeta a autorización ni remuneración siempre que (...) se produzca sin finalidad comercial propia”.

Otra condición que debe cumplir es que “se realice estrictamente circunscrita a lo imprescindible para ofrecer resultados de búsqueda en respuesta a consultas previamente formuladas por un usuario al buscador”, y siempre que la puesta a disposición del público incluya un enlace a la página de origen de los contenidos.

El decreto señala al tiempo que las editoriales de publicaciones de prensa y agencias de noticias establecidas en España, “tendrán el derecho exclusivo de reproducción directa o indirecta, provisional o permanente, por cualquier medio y en cualquier forma, de la totalidad o parte de una publicación de prensa así como el derecho exclusivo de puesta a disposición del público”.

“La reproducción o puesta a disposición del público por terceros usuarios de cualquier texto, imagen, obra fotográfica o mera fotografía que sean objeto de este derecho estará sujeta a autorización y no excluirá la responsabilidad civil o penal del tercero usuario que eventualmente se pudiera derivar de la utilización no autorizada del contenido publicado”, añaden.

Las editoriales y agencias de noticias “podrán autorizar” la reproducción “a los prestadores de servicios de la sociedad de la información”, por ejemplo Google

Al mismo tiempo, se establece que las editoriales y agencias de noticias “podrán autorizar” la reproducción “a los prestadores de servicios de la sociedad de la información”, por ejemplo Google.

“La negociación de dichas autorizaciones se realizará de acuerdo con los principios de buena fe contractual, diligencia debida, transparencia y respeto a las reglas de la libre competencia, excluyendo el abuso de posición de dominio en la negociación”, afirma el texto legal.

Por otro lado, se recalca que si en una cesión de derechos se produjese una “manifiesta desproporción entre la remuneración inicialmente pactada por el autor en comparación con la totalidad de los ingresos subsiguientes derivados de la explotación de las obras”, podrá pedir la revisión del contrato y, en defecto de acuerdo, acudir al juez para que fije “una remuneración adecuada y equitativa”, siempre en los diez años siguientes a la cesión.

Hay algunas salvedades, como un pacto expreso acordado al efecto, convenio colectivo o acuerdo sectorial entre los representantes de los autores y los cesionarios; los autores de los programas de ordenador; ni a las autorizaciones exclusivas concedidas por determinadas entidades de gestión y los operadores de gestión independiente.

Como alternativa a la resolución anterior, el autor podrá optar, en determinadas circunstancias, por poner fin a la exclusividad del contrato.

En cuanto a la determinación de las tarifas a pagar por la explotación de los derechos de gestión colectiva obligatoria y voluntaria, el texto dice que será la Sección Primera de la Comisión de Propiedad Intelectual la que ejercerá esta función.

“La Sección establecerá el importe de la remuneración exigida por la utilización de obras y demás prestaciones del repertorio de las entidades de gestión, la forma de pago y demás condiciones necesarias para hacer efectivos los derechos indicados en el párrafo anterior”, añade.