Ana Obregón tiene un bebé por gestación subrogada: ¿cómo podrá registrar a la niña en España?

Ana Obregón tiene un bebé por gestación subrogada: ¿cómo podrá registrar a la niña en España?

Al menos 2.350 menores nacidos fuera del territorio nacional por este método ya han sido inscritos

Ana ObregónJUAN NAHARRO

Ana Obregón se ha convertido en la protagonista indiscutible de este miércoles después de que la revista "¡Hola!" publicara en exclusiva que la presentadora y empresaria había tenido un bebé en Estados Unidos a través de la gestación subrogada. Según la información de la revista, la pequeña habría nacido el pasado 20 de marzo y Obregón viajó hasta Miami para conocerla. En las imágenes publicadas, se puede ver a la presentadora abandonando el hospital en una silla de ruedas y con su bebé en brazos.

  Portada de la revista "¡Hola!"

La gestación subrogada es un método de reproducción asistida caracterizado por el que una mujer, mediante un acuerdo contractual, acepta gestar un bebé sobre el que renunciará al derecho de la maternidad para dárselo a terceros.

En España, la gestación subrogada es una práctica ilegal pero no así en países como India o Ucrania y estados norteamericanos como Florida. En otros como Nueva Zelanda, Canadá, Australia, Países Bajos o el Reino Unido está permitida siempre y cuando no conlleve una contra­prestación económica.

Pero, ¿podrá Ana Obregón inscribir en el registro a su bebé en nuestro país? Con datos de 2021, en España se han inscrito 2.350 menores nacidos por este método en los últimos once años. Dicho proceso legal sólo es viable a través de dos vías:

1) Cuando uno de los miembros de la pareja aporta material genético y así se acredita. Por lo tanto, el bebé se inscribe como hijo de uno de los dos miembros de la pareja y el otro proceda a la adopción del menor.

2) Aportando una resolución judicial del país del Tribunal competente en la que se determine la filiación. Dicha sentencia tendrá que ser homologada por el procedimiento judicial del derecho internacional, salvo que la resolución judicial extranjera tuviera su origen en un procedimiento análogo a uno español de jurisdicción voluntaria.

En el caso concreto de Ana Obregón, al entenderse que no ha aportado material genético, la inscripción del bebé en España sólo podrá efectuarse a través de una resolución judicial dictada por Estados Unidos. Algo teóricamente sencillo al haber desarrollado todo el proceso en Florida, ya que este territorio es uno de los más permisivos con una familia monoparental, como es su caso.

El proceso de Ana Obregón se regiría por los Acuerdos de Adopción Preplanificada del Estatuto de Florida 63.213, que contempla un acuerdo en el que una madre sustituta acepta tener un hijo y renunciar a sus derechos de maternidad en favor de otra persona. El procedimiento es sencillo: dentro de los tres días posteriores al nacimiento, la persona que ha recurrido a la gestación subrogada solicita al órgano competente que emita un certificado de nacimiento que nombre al contratante como responsable legal del niño. Con este certificado, el juez ya puede dictar sentencia, que suele ocurrir a los 3-5 días después del nacimiento del bebé. Dicha sentencia judicial obtenida es válida en España, por lo que el niño se puede inscribir directamente en el Registro Civil español a través del consulado español en Estados Unidos. 

Además, tanto el Tribunal Europeo de Derechos Humanos como el Tribunal Supremo han dictado resoluciones que amparan legalmente a los pequeños porque no pueden quedar en una situación de indefensión legal.