¿Qué papeles tienes que llevar en el coche?
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¿Qué papeles tienes que llevar en el coche?

Gtresonline

La guantera de los coches parecen, a menudo, auténticos cajones de sastre donde hay casi de todo, especialmente papeles. Pero, ¿sabes qué documentación tienes que llevar obligatoriamente en el vehículo?

Para solucionarte las dudas, aquí te lo dejamos claro: tanto lo que tienes que llevar para que si te para la Guardia Civil no te multe como lo que es recomendable para no tener ni el más mínimo problema. Que no es lo mismo.

Y un matiz: no es obligatorio llevar los documentos originales. Puedes presentar fotocopias, siempre que estén compulsadas ante un notario o en una unidad provincial de la Jefatura de Tráfico.

  • El carné de conducir.

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Si te pillan conduciendo sin llevarlo encima te pondrán una multa de 10 euros. Pero, ojo, porque si los datos que figuran en él no son los correctos la cantidad ascenderá a 80 euros. Peor es si lo tienes caducado, en cuyo caso el importe se dispara hasta los 200 euros.

  • Permiso de circulación del vehículo.

Es este documento:

Por fuera:

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Por dentro:

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Lo expide la Jefatura de Tráfico y en él se detalla de qué vehículo se trata y cuáles eran sus datos técnicos en el momento de la matriculación. También figura la cilindrada, potencia, número de bastidor, fecha de matriculación y datos del propietario.

Infracción: Si la Guardia Civil te para y no lo llevas contigo, la multa será de 10 euros. Si el coche no tiene permiso de circulación, la infracción es de 500 euros.

  • La tarjeta de características técnicas del vehículo.

Es una hoja similar a esta:

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  • Informe favorable de la Inspección Técnica del Vehículo (ITV).

Es una hoja similar a esta:

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Esto sólo es obligatorio en los vehículos que, por antigüedad, deban pasar la ITV. Recuerda que los vehículos que tienen menos de cuatro años desde su matriculación no tienen que pasarla, que los coches de más de 4 años y hasta los 10 han de pasarla cada dos años y que los de más de 10 años de antigüedad tienen que hacerlo cada año.

Infracción: Si no llevas el informe, la multa es de 10 euros de multa. Y si lo llevas caducado, la cifra ascinende a los 200. También es obligatorio pegar en el cristal delantero del coche, en la parte superior derecha, la pegatina que atestigua que has pasado la ITV. No hacerlo está penalizado con 10 euros al considerarse una infracción leve. Conducir un vehículo sin permiso de circulación asciende en cambio hasta los 500 euros de multa.

Si no llevas los documentos que se enumeran a continuación no te multarán porque los agentes pueden consultar telemáticamente tus datos. Pero puede haber problemas, como un simple fallo de conexión, por lo que es recomendable que los tengas encima para evitar pérdidas de tiempo.

  • Documentación acreditativa de la vigencia del seguro.

Un documento como este:

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Puede ser la propia póliza del seguro obligatorio y el recibo del pago. Como explica el RACC, no son obligatorios porque los agentes de tráfico pueden comprobar la situación del vehículo mediante el Fichero Informativo de Vehículos Asegurados (FIVA). Sin embargo, se recomienda llevarlo para evitar problemas en caso de que los agentes no pudieran conectarse con el Fichero.

  • Recibo del pago del impuesto municipal de circulación.

Se paga anualmente y su importe varía en función de la potencia del coche y de la ciudad en la que esté matriculado.

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Rodrigo Carretero es Traffic Editor Manager en 'El HuffPost' y trabaja desde Madrid. Licenciado en Periodismo por la Universidad de Valladolid y Máster en Periodismo por la Universidad Autónoma de Madrid, ha trabajado en 'El Día de Valladolid', en 'El País' y en las radios musicales del grupo Prisa. Puedes contactar con él en rodrigo.carretero@elhuffpost.es