Hacienda advierte de la multa de miles de euros a la que se enfrentan algunos caseros

Hacienda advierte de la multa de miles de euros a la que se enfrentan algunos caseros

Es importante cumplir con las obligaciones fiscales que conlleva alquilar una vivienda.

El logotipo de la Agencia TributariaEuropa Press / Cézaro De Luca

Hacienda somos todos, también los caseros. En consecuencia, las personas que reciban rentas procedentes del alquiler de una vivienda deben cumplir con su deber fiscal e informar de esos ingresos a la Agencia Tributaria.

En concreto, los propietarios de pisos en alquiler están obligados a presentar la Declaración de la Renta siempre que los ingresos anuales por ser arrendador de una vivienda superen los 1.600 euros.

De lo contrario, Hacienda puede imponer multas de miles de euros. La cantidad a pagar por parte del contribuyente que haya cumplido esa obligación tributaria puede oscilar entre el 50% y el 150% de la cifra no declarada más los intereses de demora.

En ese sentido, el artículo 191 de la Ley General Tributaria señala que “la infracción tributaria será leve cuando la base de la sanción sea inferior o igual a 3.000 euros o, siendo superior, no exista ocultación” y detalla que “la sanción por infracción leve consistirá en multa pecuniaria proporcional del 50%”.

Asimismo, “la infracción será grave cuando la base de la sanción sea superior a 3.000 euros y exista ocultación”, apunta el texto normativo. “La sanción por infracción grave consistirá en multa pecuniaria proporcional del 50% al 100% y se graduará incrementando el porcentaje mínimo conforme a los criterios de comisión repetida de infracciones tributarias y de perjuicio económico para la Hacienda Pública”, añade la ley.

La infracción puede llegar a considerarse como muy grave si “se hubieran utilizado medios fraudulentos”, según explica el mencionado artículo de la Ley General Tributaria. En ese supuesto, “la sanción consistirá en multa pecuniaria proporcional del 100% al 150% y se graduará incrementando el porcentaje mínimo conforme a los criterios de comisión repetida de infracciones tributarias y de perjuicio económico para la Hacienda”, estipula el texto normativo.

Cabe destacar que Hacienda analiza con detenimiento los movimientos bancarios para así detectar esta clase de irregularidades fiscales. Una de las formas de descubrir la infracción es cruzar los movimientos del arrendador con los del arrendatario. Si se comprueba que el arrendatario paga el alquiler pero el arrendador no declara esas rentas, la Agencia Tributaria impondrá una multa que será de mayor o menor cuantía dependiendo de los criterios citados en los párrafos anteriores.