Justicia plantea no penar con cárcel los delitos sobre libertad de expresión

Justicia plantea no penar con cárcel los delitos sobre libertad de expresión

Las intenciones del Ministerio se conocen en vísperas del ingreso en prisión de Pablo Hasel.

Mural en homenaje a HaselSOPA Images via Getty Images

El Ministerio de Justicia planteará una revisión de los delitos relacionados con “excesos” en el ejercicio de la libertad de expresión que supongan “claramente” la creación de un riesgo para el orden público o la provocación de algún tipo de conducta violenta y eliminará las penas de prisión para estos casos.

En concreto, la medida impulsada por el departamento dirigido por Juan Carlos Campo contempla que este tipo de delitos estén castigados con penas disuasorias pero no privativas de libertad, según ha informado Moncloa.

Esta medida llega después de la condena al rapero Pablo Hasel, condenado a nueve meses de cárcel por un delito de enaltecimiento del terrorismo, e injurias y calumnias a la monarquía y a las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, por difundir mensajes atentatorios en redes sociales.

La condena a Hasel, a quien la Audiencia Nacional dio el pasado 28 de enero diez días para entrar en prisión, ha provocado protestas en las calles de varias ciudades como Barcelona y Madrid, así como un manifiesto de apoyo de más de 200 representantes del mundo del arte y la cultura españoles, encabezados por el cineasta Pedro Almodóvar, el cantautor Joan Manuel Serrat o el actor Javier Bardem.

“Al margen del castigo penal”

En la propuesta planteada por Justicia se contemplará que “aquellos excesos verbales que se cometieran en el contexto de manifestaciones artísticas, culturales o intelectuales” permanezcan “al margen del castigo penal”.

En este sentido, el Gobierno ha defendido que “el derecho penal ni es la herramienta más útil, ni es necesaria, ni es desde luego proporcionada para responder a comportamientos que, aun pudiendo rozar la ilicitud, su castigo penal supondría un desaliento para la libertad de expresión, tal y como han declarado el Tribunal Constitucional, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, la Unión europea y la mayor parte de la doctrina española”.

Hasel fue condenado a 9 meses y 1 día de prisión por la Sala de Apelaciones de la Audiencia Nacional en septiembre de 2018, así como al pago de una multa de aproximadamente 30.000 euros. Este tribunal redujo no obstante la pena inicial de marzo de 2018 que le impuso la Sala de lo Penal, y que ascendía a dos años y un día de prisión.

El Supremo entendió que Hasel no puede ampararse en la libertad de expresión puesto que los hechos probados recogen una pluralidad de mensajes, que es reincidente en actos semejantes en el pasado, y que tienen “un indudable carácter laudatorio de organizaciones terroristas” y de miembros en activo de las mismas.

El TS entendió que los mensajes del rapero van más allá de la crítica social y comportan una alabanza no ya de objetivos políticos sino de los medios violentos empleados por esas organizaciones terroristas. A juicio del tribunal existe además un elevado riesgo real de que alguno de sus seguidores intente repetir un acto violento porque los mensajes “contienen una incitación a su reiteración”.

El caso ‘Valtonyc’

Un caso similar sería el del cantante mallorquín Josep Miquel Arenas, más conocido como Valtonyc, condenado por un delito de enaltecimiento del terrorismo e injurias a la Corona.

El cantante balear huyó de España en junio de 2018 tras ser condenado por la Audiencia Nacional por delitos de enaltecimiento del terrorismo a dos años de cárcel y a un año y medio más por injurias a la Corona, una sentencia dictada por delitos cometidos entre 2012 y 2013 y posteriormente confirmada por el Tribunal Supremo.