La Justicia tumba el certificado covid en Andalucía para hostelería y ocio nocturno al incluir a los trabajadores

La Justicia tumba el certificado covid en Andalucía para hostelería y ocio nocturno al incluir a los trabajadores

Da la opción a la Junta de plantearlo solo para los consumidores.

Ambiente en un local nocturno de SevillaEuropa Press News via Getty Images

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha tumbado la obligatoriedad del certificado covid o prueba negativa para acceder a bares, restaurantes y ocio nocturno. El órgano judicial asegura que no se adecúa el requisito de proporcionalidad, ya que la orden tendría que aplicarse, tal y como está redactada, a “cualquier persona” que accediese al interior, lo que incluiría a los trabajadores.

Aunque el TSJA sí reconoce que cumple con los requisitos de necesidad e idoneidad, la aplicación de la medida a los “usuarios de estos establecimientos no ofrece ninguna duda en cuanto a su proporcionalidad, habida cuenta de que el acceso será absolutamente voluntario y al objeto de recibir un servicio de carácter no esencial”. Así, afirma que existe la posibilidad de que la Administración autonómica pueda solicitar una nueva ratificación en la que se contemple la aplicación de la orden únicamente respecto de los usuarios de los establecimientos.

En este sentido, el auto del TSJA precisa que el pasaporte covid, según la orden, “se exige a cualquier persona que pretenda acceder al interior de estos establecimientos, con total independencia de cuál sea la finalidad que motiva este acceso”. Por ello, “será de aplicación a todos los trabajadores que, incluso con carácter ocasional, tuvieran que acceder a los establecimientos por las características propias de su ocupación laboral”.

Así, considera que no existe la proporcionalidad para los trabajadores que para el ejercicio de su actividad estarían obligados a vacunarse ―a pesar de no ser obligatorio en nuestro país― o tendrían que aportar una prueba negativa cada 48 o 72 horas como presupuesto indispensable para el ejercicio de su actividad y, además, costear la misma hasta la finalización de la medida.

El pasaporte ya está en vigor para acceder en residencias y hospitales, una medida que funcionará al menos hasta el próximo 15 de enero.