Me ha tocado mesa electoral pero estaré de viaje, ¿cómo presento la alegación para el 23 de julio?

Me ha tocado mesa electoral pero estaré de viaje, ¿cómo presento la alegación para el 23 de julio?

La Junta Electoral Central ha especificado de qué manera, las personas que estén de viaje, pueden evitar la mesa electoral.

Una persona metiendo su voto en la urna.Europa Press via Getty Images

Tic, tac. La cuenta atrás para las elecciones generales del próximo 23J corre sin parar, y apenas quedan semanas para que abran los colegios electorales y haya que ir a depositar los votos en las urnas. Sin embargo, la fecha supone un trastorno para muchas personas que serán elegidas como presidentes y vocales de mesa. Pero tranquilidad, hay una manera de librarse... siempre que la causa pueda demostrarse y este justificada.

Cada mesa electoral está compuesta por una persona que ejerce la presidencia de la misma y otras dos personas que son vocales, las tres son los conocidos como titulares de la mesa. Estas personas son elegidas por sorteo entre todos los votantes de la sección censal que les corresponde, que no es otra cosa que una división territorial que agrupa a cerca de 2.000 votantes.

Al mismo tiempo, también se designan a suplentes para los puestos con el fin de que si ocurre algún percance o si los titulares no acudieran al colegio por algún motivo, la tarea recaerá directamente sobre los suplentes que pasarían a ser titulares cubriendo el hueco de la persona que falte. Esa persona tendría en ese caso derecho a los 70 euros que el Estado paga a quienes se ocupan de estar en las mesas esa jornada.

En cualquier caso, desde que se recibe la notificación se abre un plazo de siete días para presentar alegaciones ante la Junta Electoral de Zona para poder exponer los motivos que impiden formar parte del equipo que conforma las mesas electorales. Puedes consultar cada motivo en este enlace.

Igualmente, y debido a la excepcionalidad de las fechas, en plena época vacacional para muchos ciudadanos, la Junta Electoral Central ha dictaminado que considerará válido el impedimento si en esas fechas se tiene planeado un viaje que fuera contratado antes de la convocatoria electoral. Por lo tanto, si antes del 29M ya se tenían reservados los hoteles y los billetes de tren o avión, por ejemplo, se podrá alegar un perjuicio económico válido para no tener que acudir al colegio electoral el 23 de julio.