Cómo rellenar el formulario de solicitud de la ayuda de 200 euros en la Agencia Tributaria

Cómo rellenar el formulario de solicitud de la ayuda de 200 euros en la Agencia Tributaria

Consulta cómo realizar la solicitud para optar al cheque de 200 euros para comida desde la Agencia Tributaria.

​¿Quién puede solicitar la ayuda de 200 euros? Estos son los requisitos

Nueva ayuda de 200 euros: Cómo hacer tu solicitud

Este miércoles 15 de febrero se ha abierto el plazo para presentar la solicitud de la ayuda de 200 euros. Para realizar este trámite, deberás hacerlo a través de la web de la Agencia Tributaria. Podrás acceder al formulario con tu Cl@ve, DNI o certificado electrónico.

Esta medida forma parte del tercer paquete de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra de Ucrania. La medida fue anunciada el 27 de diciembre de 2022 y podrá solicitarse entre el 15 de febrero y el 31 de marzo de 2023.

Se trata de una retribución única destinada a aquellas personas que hayan percibido una renta inferior a 27.000 euros brutos a lo largo del año pasado y que no tengan más de 75.000 euros en patrimonio (Sin contar con la vivienda habitual).  Este cheque está destinado a contrarrestar el impacto que la subida de la inflación a infligido entre las personas más vulnerables.

Requisitos para solicitar la ayuda de 200 euros

Pueden solicitar esta ayuda las personas que reúnan las siguientes características:

  • Tener su residencia habitual en España.
  • Haber realizado actividad por cuenta propia o ajena que haya conllevado el alta en el régimen correspondiente en la Seguridad Social.
  • Hayan sido beneficiarios de la prestación o subsidio por desempleo.
  • No superen los 27.000 euros brutos de renta y 75.000 de patrimonio a 31 de diciembre de 2022.

Para calcular las cuantías deben sumarse las rentas y el patrimonio de todos los convivientes de un mismo domicilio.

Paso a paso para solicitar la ayuda de 200 euros en la Agencia Tributaria

La ayuda se solicitará a través del formulario electrónico que se encuentra disponible en la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). Para ello será necesario disponer de Cl@ve (Puedes darte de alta en este servicio a través de este link), certificado electrónico o DNI-e. Al mismo tiempo, también puede presentar el formulario, un tercero por apoderamiento o colaboración social.

Para esta ayuda será también imprescindible presentar el Número de Identificación Fiscal (NIF) tanto del solicitante como de las personas convivientes en un mismo domicilio, así como una cuenta bancaria cuya titularidad corresponda a la persona que solicita la ayuda. No será imprescindible presentar el NIF de los menores de 14 años que no dispongan del mismo.

¿Qué documentación tengo que aportar?

No es necesario presentar ninguna documentación específica, ya que la Seguridad Social y otros organismos públicos remitirán a la AEAT toda la información necesaria para verificar que se cumplen todos los requisitos necesarios para poder recibir la ayuda.

Sin embargo, si se marca la casilla "No presto mi consentimiento para la consulta de los Registros de parejas de hecho", habrá que aportar documentación complementaria que justifique dicha circunstancia. Un procedimiento que se hará a través del apartado "Aportar documentación complementaria", consignando el CSV del justificante de la solicitud.

¿Quiénes NO pueden solicitarla?

Esta ayuda queda excluida a los siguientes colectivos:

  • Quienes perciban el Ingreso Mínimo Vital, dentro del cual está incluido el complemento de ayuda a la infancia.
  • Quienes perciban una pensión abonada al Régimen General o a los Regímenes especiales de la Seguridad Social o por el Régimen de Clases Pasivas del Estado, así como aquellas personas que reciban prestaciones análogas de mutualidades de previsión social alternativas al RETA (Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos).
  • Tampoco pueden optar al cheque quienes a 31 de diciembre de 2022 fuesen administradores de una sociedad mercantil que no hubiese cesado su actividad en dicha fecha, o que fuesen titulares de valores de participación en fondos propios de una sociedad mercantil no negociados en los mercados organizados.

Navarra y País Vasco

Debido a que la Comunidad Foral de Navarra y el País Vasco tienen regímenes fiscales propios, aquellos solicitantes que residan en esas comunidades tendrán que pedir la ayuda en las instituciones tributarias vascas y navarras.

¿Cuándo recibiré la ayuda de 200 euros?

Una vez resuelto el papeleo, el Estado tardará un máximo de 3 meses en proceder al ingreso del dinero en las cuentas que los solicitantes hayan comunicado. El plazo comenzará a correr a partir del cierre del periodo de solicitud, el 31 de marzo, por lo que no podrá demorarse más allá del 30 de junio.

En caso de que se desestime la solicitud, este hecho será debidamente notificado, aunque si no se recibe el ingreso antes de la fecha límite y no se recibe comunicación alguna deberá entenderse que también se ha procedido a rechazar la solicitud.