Un juez ordena pagar 416.000 euros a un hombre cuyo hijo murió tras sufrir una lesión cerebral en el parto

Un juez ordena pagar 416.000 euros a un hombre cuyo hijo murió tras sufrir una lesión cerebral en el parto

El bebé nació en el hospital Virgen de la Arrixaca de Murcia tras un episodio de sufrimiento fetal agudo. Arrastró una encefalopatía durante dos años

Puerta de urgencias del hospital materno infantil Virgen de la Arrixaca de Murcia. Marcial Guillén / Agencia EFE

El Juzgado de Primera Instancia número 50 de Madrid ha condenado a la aseguradora del Servicio Murciano de Salud (SMS) a indemnizar con 416.611 euros más intereses a un hombre cuyo bebé sufrió una encefalopatía durante los dos años que vivió tras nacer en el hospital Virgen de la Arrixaca, según ha informado la Asociación del Defensor del Paciente.

Los hechos ocurrieron en abril de 2011 cuando la madre del bebé, de 35 años, ingresó en este hospital, en el que era matrona, para dar a luz. Diversas incidencias durante el parto obligaron a los profesionales sanitarios a realizar una cesárea urgente por pérdida de bienestar fetal. El recién nacido tuvo que ser ingresado en la UCI al presentar una encefalopatía hipóxico-isquémica por sufrimiento fetal agudo.

Desde ese momento, el bebé sufrió una invalidez y múltiples ingresos hospitalarios con asistencia especializada las 24 horas al día para mantenerlo con vida.

En el juicio, una cuidadora relató cómo el pequeño precisaba vigilancia constante al tener problemas respiratorios severos, convulsiones, banquicardias, ataques de hipotermia e hipertemia y de epilepsia, con lo que incluso durante la noche requería de un cuidado constante.

Un año después, en agosto de 2012, la madre falleció de “súbita enfermedad”, y en 2014 lo hizo su pequeño por la propia encefalopatía.

Signos de alarma

La asociación defensor del paciente al que acudieron los padres en su día derivó el caso al letrado Ignacio Martínez, quien formalizó demanda por entender que, pese a los signos de alarma que se produjeron durante el parto, no se llevó a cabo la cesárea con la precocidad debida para evitar la asfixia del niño.

Una primera sentencia estableció en 2017 que el daño se debía indemnizar sin concretar una cantidad pues “tras el análisis de las pruebas practicadas (...) la grave encefalopatía hipóxico isquémica que padecía el menor deriva de una incorrecta asistencia obtétrica en el parto”.

El padre, según la misma fuente, donará parte de la indemnización a una fundación para asistir médicamente a niños del tercer mundo.