"La expareja del 'Coleta'": el Supremo no ve vulneración de honor en un poema machista a Irene Montero

"La expareja del 'Coleta'": el Supremo no ve vulneración de honor en un poema machista a Irene Montero

"Por una inquieta bragueta, va con Tania al gallinero", podía leerse en la sátira publicada en la revista de una asociación judicial.

La ministra de Igualdad, Irene MonteroR.Rubio / Europa Press via Getty Images

El Tribunal Supremo ha dictado sentencia en el caso del poema machista contra la ministra de Igualdad, Irene Montero, publicado en la revista de una asociación judicial y que lleva por título De monjas a diputadas. La sala de lo civil de esta corte señala que no se vulneró el derecho al honor de Montero con los versos de esta sátira publicada en 2017. Uno de sus fragmentos se refería a la titular de Igualdad como “la expareja del ‘Coleta’” y otro señalaba que “por una inquieta bragueta, va con Tania al gallinero”.

La sentencia, recogida por la Cadena SER, ha especificado que el texto no vulnera el honor Montero, pues aunque “sea pareja del secretario general del partido al que ambos pertenecen puede ser, lógicamente, objeto de crítica”. La Asociación Judicial Francisco de Vitoria, en cuya revista salió publicado el poema, ya había rechazado el contenido de este y mostrado sus disculpas a Montero. Entre sus versos podían leerse frases muy polémicas:

“Cuentan que en España un rey/De apetitos inconstantes/Cuyo capricho era ley/Enviaba a sus amantes/Hacer de un convento grey/Hoy los tiempos han cambiado/Y el amado timonel/En cuanto las ha dejado/No van a un convento cruel/Sino a un escaño elevado /La diputada Montero/Ex pareja del ‘Coleta’/Ya no está en el candelero/Por una inquieta bragueta/Va con Tania al gallinero”.

El recorrido judicial del caso

Es necesario destacar que un Juzgado de Madrid condenó a la asociación al pago de una indemnización. No obstante, la Audiencia Provincial tumbó esta primera decisión, anulando la condena. Ahora es el Supremo el que confirma esta postura, cuyo sentencia ha señalado que  “el que [Montero] sea pareja del secretario general del partido [ahora exsecretario] al que ambos pertenecen puede ser, lógicamente, objeto de crítica”.

Los jueces también han entendido que es posible “criticar de forma sarcástica la correlación que, a su juicio, existe entre quienes mantienen relaciones personales con el secretario general del partido político al que pertenece y el trato y posición que ocupan en el partido”.