Si atas a tu perro en la puerta de un establecimiento te expones a esta multa

Si atas a tu perro en la puerta de un establecimiento te expones a esta multa 

La ley de bienestar animal entra en vigor el  29 de septiembre

Señal de un 'aparcamiento' de perros en el exterior de una tiendaAntonio Hugo

La nueva ley de bienestar animal, aprobada en marzo con los votos del PSOE, Unidas Podemos, ERC, En Comú Podem, Galicia en Común, EH Bildu y la CUP, entrará en vigor el 29 de septiembre. La norma introduce cambios sustanciales y limitaciones en el cuidado de las mascotas, algunas de las cuales han generado preocupación entre los dueños de animales de compañía y los profesionales del sector. 

Por ejemplo, no se permitirá tener a las mascotas en terrazas o patios ni dejarlas sin supervisión durante más de tres días consecutivos. También se prohíbe llevar animales atados a vehículos en movimiento y utilizar su carne para consumo humano. El artículo 27 de la ley recoge todas las prohibiciones específicas respecto de los animales de compañía, incluyendo la prohibición de mantenerlos atados o deambulando por espacios públicos sin la supervisión presencial por parte de la persona responsable de su cuidado y comportamiento. Esto, según El Debate incluiría dejar al perro esperando mientras se hace algún recado o permitirle campear a sus anchas en pueblos pequeños.

La ley también establece que los establecimientos públicos y privados, alojamientos hoteleros, restaurantes, bares y en general cualquier otro lugar en el que se consuman bebidas y comidas podrán facilitar la entrada de animales de compañía que no constituyan un riesgo a zonas no destinadas a la elaboración, almacenamiento o manipulación de alimentos. Sin embargo, la ley no aclara si se permitirá dejar a los animales atados mientras se realizan compras, por lo que la solución sería dejar al animal en casa mientras se hacen recados.

En cuanto a las sanciones, el artículo 80 de la ley establece infracciones leves, graves y muy graves, incluyendo entre las leves toda conducta que conlleve la inobservancia de prohibiciones, cuidados u obligaciones establecidas legalmente o las derivadas del incumplimiento de responsabilidades administrativas por parte de los titulares o responsables del animal. Por lo tanto, dejar al perro atado en la calle se consideraría una infracción leve y podría ser sancionada con un apercibimiento o multa de 500 a 10.000 euros.