La lista de excusas para no ser mesa electoral el 23-J crece: estas son las nuevas causas

La lista de excusas para no ser mesa electoral el 23-J crece: estas son las nuevas causas

La Junta Electoral amplia los motivos y también aumenta las coberturas de algunas alegaciones previamente admitidas de cara a las elecciones generales.

Miembros de la mesa de un colegio electoral realizan el recuento de votos tras las elecciones celebradas en Castilla y León.NACHO GALLEGO / EFE

Elecciones significa temor para millones de personas. Que les toque ser miembro de una mesa electoral y, con ello, echar todo el domingo en el colegio atendiendo al desarrollo de la jornada. Una labor retribuida, con 70 euros, pero que a muchos no les gusta. Y que a tantos otros les es imposible realizar.

Como explicábamos de cara a las municipales y autonómicas del 28-M, tener comida familiar o haber quedado a echar unas cañas ese mediodía no son excusas legales. `Pero sí había decenas de causas. Hasta 23 motivos legalmente reconocidos por la Junta Electoral Central.

Consulta aquí la lista entera de alegaciones para no ser mesa electoral

Pero de cara a las generales del 23-J, ese listado crece, con ampliaciones de las causas ya conocidas o directamente motivaciones diferentes.

La primera y más llamativa tiene que ver con lo urgente de la propia convocatoria. En mitad del verano y con una antelación mínima, el adelanto pilló por sorpresa a millones de españoles. Y muchos, como Àngels Barceló, tenía(mos) planes, así que la Junta Electoral ha acordado eximir de ser mesa a quienes hubieran adquirido billetes y/o alojamiento con fecha anterior al lunes 29 de mayo

Pero no todo tiene que ver con el perjuicio económico. Así, en el caso de mujeres embarazadas, ahora la lista de exclusiones se amplía. La propia JEC establece que durante el descanso maternal, a partir de los seis mese del embarazo, tanto la gestante como el otro progenitor podrán librarse. "La gestación a partir de los seis meses de embarazo y el período correspondiente de descanso para el cuidado del menor por la madre biológica, por el progenitor distinto de ésta, o en los supuestos de adopción, de guarda con fines de adopción y de acogimiento", detalla la Junta.

También se incluyen como causas las situaciones de "riesgo durante el embarazo o durante la lactancia natural", junto al cuidado del bebé lactante, algo que recoge a los "progenitores, adoptantes, guardadores o acogedores", además de la madre, algo que no se especificaba hasta ahora.

En cuanto al cuidado de niños, hasta ahora la ley permitía quedarse en casa a quienes estuvieran al cargo de menores de 8 años, pero para este 23-J el límite se eleva hasta los menores de 12 años. Se mantiene como causa el cuidado de personas con discapacidad física, psíquica o sensorial".