¿A qué han sido condenados la infanta Cristina y Urdangarín?

¿A qué han sido condenados la infanta Cristina y Urdangarín?

REUTERS

El 22 de junio de 2016 finalizó en Palma el juicio del caso Nóos. Casi ocho meses después y en mitad de una enorme expetación, este viernes, se ha hecho finalmente pública la sentencia. Estas son las claves de un juicio histórico.

El tribunal del caso Nóos ha absuelto a la Infanta Cristina, aunque deberá pagar 265.000 euros de multa en calidad de corresponsable civil a título lucrativo.

La hermana del rey había consignado ante el juzgado los 587.413 euros en que la Fiscalía cifró su responsabilidad a título lucrativo, algo que hizo su defensa a finales de 2014, más de un año antes de que empezara el juicio. Por ello, la Justicia tendrá que devolver más de 350.000 euros a la infanta Cristina.

A la Infanta Cristina sólo la acusaba Manos Limpias, que pedía para ella ocho años de cárcel como cooperadora necesaria en dos delitos fiscales cometidos por Iñaki Urdangarin.

Durante todo el tiempo que ha durado el juicio, ningún testigo la había implicado en las actividades que llevaba a cabo el Instituto Nóos ni hubo ninguna prueba documental que demostrara que cometiera algún delito Tampoco el fiscal Anticorrupción encargado del caso Nóos, Pedro Horrach, pidió para ella cárcel. Sí que la consideraba responsable a título lucrativo, por lo que solicitaba para ella que devolviera cerca de medio millón de euros con los que se habría beneficiado por las actividades de su marido.

El marido de la infanta Cristina, Iñaki Urdangarin, ha sido condenado a seis años y tres meses de cárcel. El fallo de la sentencia, adoptada por unanimidad de las tres magistradas del tribunal: Samantha Romero, presidenta y ponente; Rocío Martín y Eleonora Moyá.

Al marido de la infanta se le considera culpable de un delito continuado de prevaricación en concurso medial con un delito de falsedad en documento público y con un delito de malversación de caudales públicos, por el que se le condena a dos años y ocho meses de prisión, a una multa de siete meses y 17 días con una cuota diaria de diez euros y a dos años y 7 meses de inhabilitación especial para empleo o cargo público autonómico y local de la Comunidad Autónoma de Baleares.

También se le considera culpable de un delito de fraude a la Administración Pública, por el que se le condena a siete meses de prisión y a cuatro años y seis meses de inhabilitación especial para empleo o cargo público autonómico y local de la Comunidad Autónoma de Baleares.

Por un delito de tráfico de influencias se le condena a un año de prisión. Por un delito contra la Hacienda Pública se le condena a un año de prisión y a una multa del duplo de la cantidad defraudada (259.478,38 euros) y, por último, por un delito contra la Hacienda Pública se le condena a un año de prisión y a una multa del duplo de la cantidad defraudada (253.075,30 euros).

De esta forma, la suma de las penas es de seis años y tres meses de prisión, siete años y un mes de inhabilitación especial y multa de 512.553,68 euros. También se le condena a la responsabilidad civil que figura determinada en el fallo de la sentencia cuya copia se adjunta.