Ayuso pide a las televisiones que no graben en el colegio de sus sobrinas e Iglesias responde rápido

Ayuso pide a las televisiones que no graben en el colegio de sus sobrinas e Iglesias responde rápido

"A lo mejor siendo del PP..."

El tuit de Díaz Ayuso, y Pablo Iglesias.TWITTER / GETTY

La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, ha hecho un llamamiento a las televisiones para que no vayan a grabar al colegio de sus sobrinas.

“Pido a las televisiones que no graben en el colegio de mis sobrinas. El acoso no puede llegar tan lejos”, ha escrito la dirigente ‘popular’ en medio de la guerra abierta en Génova entre ella misma y la dirección de su partido y que amenaza con llevarse por delante a Pablo Casado y a su ‘número dos’, Teodoro García Egea.

Poco después de publicar ese mensaje, el exlíder de Podemos Pablo Iglesias ha respondido: “Por desgracia hay jueces que entienden que eso no es acoso. Ni tampoco lo que ocurrió con nuestros hijos que fue mucho más grave”.

“Aunque a lo mejor siendo del PP tienes más suerte que nosotros en los tribunales”, ha apostillado.

Todo ello apenas una semana después de que el Juzgado de lo Penal número 30 de Madrid absolviese al periodista de OK Diario Alejandro Entrambasaguas del delito de acoso en noviembre y diciembre de 2019 a los hijos menores de la ministra de Igualdad, Irene Montero, y de Pablo Iglesias y a su cuidadora.

Tras conocer la noticia, el propio Iglesias ya anunció que iba a recurrir la sentencia. La Fiscalía pidió un año de prisión para el periodista al que acusó de acosar a los dos niños de 17 meses y a su cuidadora al llamar reiteradamente a esta, cuyo teléfono móvil consiguió a través de los vecinos, llamar varias veces al telefonillo de la vivienda en la que estaban los menores y entrar en zonas comunes de la urbanización, a veces con cámaras de grabación.

En su sentencia el juez entiende que la actuación del acusado no constituyó un delito pues “ni por los actos por sí mismos ni por la forma en que fueron ejecutados, ni por su número, ni por el lapso temporal en que se realizaron permite considerar la existencia de hostigamiento aunque generasen una inquietud muy relevante a la cuidadora y a los padres de los menores”.