Cuánto cobra un presidente y los miembros de una mesa electoral en las elecciones vascas 2024

Cuánto cobra un presidente y los miembros de una mesa electoral en las elecciones vascas 2024

¿Te ha tocado formar parte de una mesa electoral en las elecciones en el País Vasco del próximo domingo 21 de abril de 2024? Pues toma nota porque este es el dinero que te puedes llevar por tu labor, ya seas presidente o vocal.

Mesa electoral compuesta durante las elecciones del 28MGetty Images

Las elecciones en el País Vasco 2024 tendrán lugar este 21 de abril. Este domingo, los colegios electorales abrirán sus puertas desde las 09:00 hasta las 20:00 horas, siguiendo el horario habitual en los comicios en España. ¿Te ha tocado estar en una mesa electoral y quieres saber cuánto puedes ganar con ello? Te lo contamos.

Remuneración por ser miembro de una mesa electoral

Cada mesa de las elecciones vascas 2024 tendrá que contar con una persona que ejerza la presidencia, además de los dos vocales. También se designará a los suplentes que correspondan. Aquellas personas convocadas para integrar las mesas electorales recibirán una compensación de 70 euros. Esta cifra representa un incremento de cinco euros respecto a la remuneración anterior, modificación que entró en vigor en 2023. 

Esta suma será entregada tanto al presidente o presidenta de mesa como a los dos vocales titulares, mientras que los suplentes solo percibirán el pago en caso de tener que asumir sus funciones. Es importante destacar que esta compensación está exenta de retenciones por parte de la Agencia Tributaria.

Los ciudadanos designados como presidentes o vocales de una mesa electoral deben tener presente que ocupar estos cargos es obligatorio, según lo establecido por la Ley Electoral. Quienes sean convocados y no se presenten estarán sujetos a sanciones que van desde tres meses a un año de prisión o una multa de seis a veinticuatro meses.

En situaciones donde los miembros de las mesas electorales no puedan cumplir con su deber debido a circunstancias contempladas por la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, están obligados a informar a la Junta Electoral dentro de un plazo máximo de siete días tras recibir la notificación correspondiente. Como una medida innovadora, la Junta Electoral Central ha lanzado una aplicación en cumplimiento con la Instrucción 2/2023 publicada en el BOE, la cual permite a los ciudadanos justificar su ausencia de forma online. Para acceder a este servicio, se requiere disponer de un DNI electrónico, un certificado digital o una clave permanente.