Ayuso pide a los ayuntamientos que rebajen el impuesto de plusvalía y se lo impone a los del PP

Ayuso pide a los ayuntamientos que rebajen el impuesto de plusvalía y se lo impone a los del PP

Se trata de una de las medidas estrella anunciadas en el debate de su investidura. 

La candidata del PP a presidir la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, interviene en el debate de su investidura, este miércoles en la Asamblea de Madrid.EFE/ J.J.Guillen

La presidenta de la Comunidad de Madrid en funciones, Isabel Díaz Ayuso, ha anunciado miércoles que va a solicitar a los ayuntamientos de la región que apliquen una rebaja en el impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, conocido como impuesto de plusvalía.

Durante su intervención en la primera jornada del debate de investidura, que se celebra en la Asamblea de Madrid, Ayuso ha confirmado que esta medida se trasladará inmediatamente desde el Ejecutivo autonómico a los 179 municipios madrileños y será de "obligado cumplimiento" para aquellos consistorios donde gobierna el PP. 

La entrada en vigor de esta bajada beneficiaría "el ahorro" a miles de familias, "impulsando tanto el consumo como la inversión". Según fuentes del Gobierno regional a Europa Press, esta nueva rebaja fiscal que defiende el Gobierno madrileño consiste en "reducir este tributo municipal que grava la revalorización de terrenos urbanos como viviendas y locales, y al que hacen frente todos los ciudadanos cuando se realiza una transmisión de la propiedad, ya sea por compra, donación o herencia".

¿Qué es el impuesto de plusvalía municipal y cómo funciona?

El tributo conocido como impuesto de plusvalía municipal se trata en realidad del denominado Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU). Concretamente, grava el alza que experimentan los terrenos de naturaleza urbana y que se pone de manifiesto a consecuencia de la transmisión de su propiedad o, en su caso, la constitución o transmisión de cualquier derecho real de goce limitativo de dominio. 

O dicho de otra forma, el tributo municipal que se paga cuando se obtiene algún beneficio económico por la transmisión de un terreno. Los únicos casos en los que se aplica este impuesto se corresponden a las siguientes situaciones: que la transmisión del inmueble no genere incremento de valor alguno, que lo que se pague por el impuesto sea mayor al beneficio obtenido o que la cuota fuese declarada inconstitucional mediante Sentencia del Tribunal Constitucional de 26 de octubre de 2021.

Actualmente, el impuesto de plusvalía se aplica si el valor del activo inmobiliario se ha incrementado entre el momento de la compra y el de la transmisión. Se calcula usando unos coeficientes que determina el Estado cada año. Por su parte, los ayuntamientos son los que establecen los valores máximos y sobre los que pueden establecen bonificaciones.

Esta nueva rebaja fiscal que propugna el Gobierno regional en colaboración con los consistorios supondrá "un importante ahorro para particulares, autónomos y empresas, dado que verán reducida el pago de impuestos en la transmisión de inmuebles".