¿Qué pasa si no me presento a una mesa electoral el 18 de febrero?

¿Qué pasa si no me presento a una mesa electoral el 18 de febrero?

No ejercer dicha responsabilidad viene acompañado de sanciones, salvo que la causa de la ausencia esté justificada.

Una mesa electoral del Instituto Ortega y Gasset, en Madrid.EFE/J.P. Gandul

Este domingo, 18 de febrero de 2024, muchos gallegos acudirán a un colegio electoral no solo a depositar su voto para las elecciones de Galicia, sino también para formar parte de una de las muchas mesas que se constituirán para celebrar la denominada 'fiesta de la democracia'.

Cada mesa la componen un presidente y dos vocales, aunque también habrá dos suplentes por puesto por si fallan los titulares. Todos ellos deben estar presentes a las ocho de la mañana en el colegio para construir la mesa. En el caso de que algún puesto quede vacante, la Junta Electoral puede obligar a los primeros votantes que se acerquen a formar parte de la mesa. Una vez constituidas todas, a las nueve de la mañana se abrirán los colegios electorales y las tres personas que se queden en la mesa cobrarán una dieta de 70 euros.

Pero, ¿qué pasa si he sido llamado para ser presidente o vocal y no acudo el 18-F al colegio electoral? Es importante tener en cuenta que no ejercer dicha responsabilidad viene acompañado de sanciones, salvo que la causa de la ausencia esté justificada.

La sanción más grave es la penal, establecida en el artículo 143 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG). En este caso, si no asistes a tu mesa electoral y no notificas con antelación ni presentas una justificación válida, puedes enfrentar a una considerable multa e incluso a una pena de prisión de tres meses a un año.

Concretamente, la norma dice: El Presidente y los Vocales de las Mesas Electorales así como sus respectivos suplentes que dejen de concurrir o desempeñar sus funciones, las abandonen sin causa legítima o incumplan sin causa justificada las obligaciones de excusa o aviso previo que les impone esta Ley, incurrirán en la pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a veinticuatro meses.

¿De cuánto es, por tanto, la multa a la que me enfrentaría? El número de días de multa lo establece el juez atendiendo a la gravedad del hecho y a las circunstancias personales de la persona. Una vez fijado el número de días, también será el juez quien decidirá la cantidad de dinero que va a pagar al día de multa. El mínimo, según los diferentes baremos ya aplicados, sería de 360 euros y el máximo que suele darse es de unos 3.000 euros. Esta cifra, sin embargo, podría ser mayor en algunas situaciones.

¿Y puedo ir a la cárcel? Los expertos descartan que un juez imponga una pena de prisión por no acudir a una mesa electoral y no se conoce algún precedente. En todo caso, en la mayoría de casos, la pena podría quedar suspendida al ser inferior a dos años.

Si se ha recibido una sanción por no estar presente en la mesa electoral el día de las elecciones gallegas de 2024 (o de cualquier elección en general), se dispone de un plazo de un mes para presentar un recurso contra la misma a partir de su notificación.

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Licenciado en periodismo por la Universidad Carlos III. Actualmente, es redactor de política en El Huffington Post, tras nueve años como coordinador en ABC, cuatro como director digital en el grupo COPE y seis meses en Mediaset. Puedes contactar con él en javier.escartin@huffpost.es