Estos son los nombres prohibidos en España

Estos son los nombres prohibidos en España

La ley los impide utilizar por sus connotaciones negativos o porque puede atentar contra la dignidad de los menores.

Bebé recién nacidoGetty Images

Desde unos años en adelante se puede observar como los nombres de los niños han ido cambiando. Ya no es tan común escuchar que una recién nacida se llama Carmen pero sí  Vega o Martina, entre otros ejemplos. Entre los chicos, Hugo y Lucas son los más frecuentes en 2023. 

La elección de un nombre para el bebé puede ser costoso. La innumerable cantidad de los mismos puede hacer que los progenitores tengan que pensar largo y tendido el nombre que le ponen a su retoño. Otros, sin embargo, lo tendrán claro desde un primer momento. 

Sea como fuere, la lista se puede reducir y es que la ley española contempla algunos nombres prohibidos por sus connotaciones negativas o atentan contra la dignidad de los pequeños.

Lista de los nombres prohibidos en España 

De acuerdo al artículo 41 de la Ley de Registro Civil y el artículo 92 del Reglamento del Reglamento del Registro Civil, los padres tienen 8 días naturales para poner un nombre propio a su hijo. En caso de ser rechazado y no proponer otra alternativa en en el plazo de tres días, el Ministerio de Justicia tiene la potestad escoger el nombre del niño o la niña.

De esta forma, es conveniente tener en cuenta algunos nombres prohibidos en España: 

Nombres con una connotación negativa

Por tener dicha connotación negativo o porque puedan ser objeto de burla o mofa, está prohibido llamar al niño Hitler, Caín, Judar, Stalin u Osama Bin Laden. Tampoco se les puede poner otros como Loco o Caca.

Mismo nombre que los hermanos 

Tampoco es posible poner a un hijo el mismo nombre que su hermano, aunque se trate de una traducción de otra lengua. Así, por ejemplo, no es posible llamar a un hijo Juan y al segundo Joan. 

Nombres compuestos con más de dos nombres 

No es posible, por ejemplo, llamar a tu hija Ana María Carmen o María Isabel Andrea, tal y como establece el artículo 51 de la ley del Registro Civil. 

Prohibidos los apellidos, los nombres de marcas, frutas, capitales o famosos 

De igual manera, tampoco puedes llamar a tu hijo con tu apellido. Asimismo, no le puedes poner un nombre de marca o fin comercial, como Adidas, Nike, etc.,  o de famosos como Rafa Nadal, Michael Jackson o Cristiano Ronaldo, por poner algunos ejemplos. 

Sumado a ello, los nombres de frutas, capitales o países tampoco están prohibidos de acuerdo a lo recogido en la legislación española. 

Acrónimos o diminutivos 

Por el momento, tampoco se puede llamar al niño/a con sus acrónimo o diminutivos. Así, no está permitido inscribirlo con nombres tales como Pepito o Lola