Todos los cambios y multas de la nueva ITV del coche

Todos los cambios y multas de la nueva ITV del coche

Entrará en vigor a partir del 1 de junio.

Un trabajador revisa un coche en la ITV de Villaverde a Vallecas en Madrid.Europa Press News via Europa Press via Getty Images

Este mes de junio no trae solo cambios con la factura de la luz, también para los conductores. Este martes entra en vigor la nueva versión Manual de la ITV, que incluye varios cambios a la hora de pasar la ITV del coche.

En España el porcentaje de vehículos que circulan sin haber pasado la ITV se cifra en un 8%, según datos de Asociación Española de Entidades Colaboradoras de la Administración en la Inspección Técnica de Vehículos (AECA-ITV). Todos ellos se enfrentan a unas sanciones entre 200 y 500 euros.

Los cambios en esta revisión del vehículo se centran principalmente en las consecuencias del Brexit en los vehículos británicos, el funcionamiento del ABS, los espejos retrovisores y el control de las emisiones de gases.

El Sistema Antibloqueo de Frenos (ABS, por sus siglas en inglés) cobra más importancia en la revisión de la ITV. Aunque no todos los vehículos lo tienen —es obligatorio en los fabricados en la Unión Europea desde 2004—, en los que lo tengan no puede haber ningún defecto.

Si tiene algún fallo, esto dejará de constituir un defecto leve y será un defecto grave. Es decir, no se puede obtener la evaluación favorable como hasta ahora. Por lo tanto, el coche queda inhabilitado y sólo se puede conducir para ir al taller a solucionar el defecto y volver a la ITV, la cual debe volver a pasar en un plazo de dos meses.

El fallo en el ABS suele notificarse con un chivato en el cuadro de mandos del vehículo.

Seguro que más de una ocasión has visto vehículos con un solo espejo retrovisor o con estos cogidos con cinta aislante. Estos no tendrán como hasta ahora una falta leve que permitía pasar la inspección técnica del coche, sino que serán una falta grave.

  Retrovisor cogido con cinta aislante.Patrick Chondon via Getty Images/EyeEm

En el caso de los coches procedentes de Reino Unido que se matriculen en España a partir del 31 de diciembre de 2020 lo harán como procedentes de “terceros países” ya que no pertenecen ya a la Unión Europea como consecuencia directa del Brexit.

Esto implica cambios en los requisitos para la matriculación y la importación de vehículos.

A partir de ahora, esta prueba se incluye también a los vehículos eléctricos de autonomía extendida (REEV) —o híbridos— y el control de las motocicletas con sistemas avanzados de control de emisiones.

Además del cambio en la medición de la emisión de gases, los operarios la hacen desde la pandemia por medio de una sonda que se coloca en el tubo de escape o conectándose con la centralitas del vehículo. Sin embargo, quedó limitado a ciertos vehículos, entre los que se incluyen estos nuevos.

No seguir las recomendaciones, no pasar la ITV o circular con el vehículo con defectos graves puede conllevar sanciones que varían entre los 200 y los 500 euros, en función de la falta cometida.

En el caso de los coches con la ITV caducada, es decir, que no se hayan inspeccionado de nuevo cuando les tocaba, bien estacionado o circulando, la multa es de 200 euros.

Si se trata de un coche con una ITV desfavorable, es decir, que solo podría desplazarse al taller y a volver a pasar la ITV en un plazo de dos meses con los defectos subsanados, la sanción es de 200 euros.

Para aquellos que hayan obtenido una ITV negativa y que hayan seguido circulando con el vehículo con defectos muy graves la sanción asciende a 500 euros. Cuando esto sucede el conductor no puede abandonar la estación de ITV y una grúa tiene que retirar el coche y llevarlo a un taller hasta que los daños se subsanen y volver a la estación de ITV. Tiene también un plazo de dos meses.

¿Qué pasa con las prórrogas?

Uno de los puntos de mayor confusión entre conductores es lo que ocurre cuando había que pasar la ITV durante el estado de alarma. Entonces se emitió una prórroga para aquellos que caducaban durante el periodo del estado de alarma de 2020 que se alargó hasta el pasado 2 de marzo.

Para ellos, la fecha de validez sea la que esté en al tarjeta de la ITV. La AECA-ITV señala que “se tomará como referencia la fecha de validez que conste en la tarjeta ITV y no computará, en ningún caso, la prórroga de los certificados concedida como consecuencia de la declaración del estado de alarma”.

De esta forma, la vigencia de la inspección será la habitual, incluso si la pasó después de la fecha de vencimiento y hace menos de un año de ello. La vigencia la marca la pegatina de la ITV o se puede consultar en la app de Tráfico miDGT.