El franquismo y la Transición dejarán de ser secreto: el Gobierno aprueba la ley que desclasificará sus archivos
El texto sustituye a la norma franquista de 1968 y traslada el control desde el CNI a Moncloa y se fijan plazos máximos para los secretos de Estado: hasta 60 años.
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el anteproyecto de Ley de Información Clasificada, una norma que enterrará definitivamente la legislación franquista de 1968 y abrirá por primera vez la puerta a la desclasificación automática de miles de documentos secretos. Con la luz verde del Gobierno, el texto se enviará al Congreso para continuar su tramitación, donde se someterá a debate, a la presentación de enmiendas y a la votación. Si logra sortear los obstáculos que tumbaron intentos anteriores, permitirá acceder a los archivos del franquismo y la Transición, hasta ahora blindados por una ley que no fijaba ni plazos máximos ni permitía supervisión judicial.
Según había adelantado El País, la norma fija por primera vez una fecha de caducidad a los secretos oficiales y ordena la liberación automática de los documentos clasificados que tengan 45 años o más, lo que abarca de forma directa los archivos de la dictadura y los primeros años de la Transición. A partir de ahora, los expedientes clasificados como "alto secreto" se abrirán transcurridas cuatro décadas y media, aunque cabe la posibilidad de una prórroga excepcional hasta los 60 años. Los considerados “secretos” lo harán a los 35, ampliables a diez más si se justifica. La información “confidencial” tendrá un periodo de reserva de entre siete y nueve años, y la categorizada como "restringida", serán secretos de cuatro o cinco.
Con independencia de estos plazos, la información clasificada será revisada periódicamente para comprobar si sigue afectando a la defensa o a la seguridad nacional, y en el caso de que no afecte se podrá desclasificar en cualquier momento. "Esto se puede hacer de oficio y también a petición de algún ciudadano que tenga interés personal o interés profesional", ha señalado Bolaños en la rueda de prensa.
El Consejo de Ministros será el único órgano colegiado que tendrá la capacidad de aplicar las dos categorías superiores, aunque las autonomías con policía propia o competencias penitenciarias podrán proponer clasificaciones dentro de su ámbito. El texto también da prioridad expresa a la documentación relacionada con graves violaciones de derechos humanos, que quedará excluida de cualquier intento de clasificación futura.
La iniciativa, según el citado medio, llega tras años de bloqueos parlamentarios, con al menos cuatro intentos fallidos de reforma que llegaron a debatirse pero nunca salieron adelante. Esta vez, el Gobierno ha optado por tomar la delantera, dando impulso a un anteproyecto que responde a un compromiso personal de Pedro Sánchez con quien fuera portavoz del PNV en el Congreso, Aitor Esteban, que en febrero pasado le reprochó la vigencia de una norma heredada de la dictadura. “Cuente con que en esta legislatura vamos a modificarla”, replicó Sánchez al actual presidente del Partido Nacionalista Vasco.
Moncloa asume el control
El cambio legislativo afecta también al órgano que controlará los secretos de Estado. Así, la Autoridad Nacional para la Protección de la Información Clasificada dejará de depender del CNI y pasará al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes. Este nuevo organismo, ahora bajo el mando de Félix Bolaños, asumirá el control respecto a los accesos, habilitaciones y el intercambio de información con aliados internacionales como pueden ser la OTAN, la Unión Europea o la Agencia Espacial Europea (ESA).
La Oficina Nacional de Seguridad, encargada hasta ahora de autorizar quién puede acceder a información clasificada, vigilar los espacios donde se almacena y proteger esa documentación, así como de coordinarse con organismos internacionales, dejará el CNI y se trasladará a La Moncloa con un centenar de agentes. El Gobierno español defiende este traslado asegurando que en la mayoría de países europeos este tipo de autoridad depende de un ministerio civil, no de los departamentos que manejan directamente secretos oficiales, como Defensa, Interior o Exteriores. A su juicio, esa separación garantiza una mayor neutralidad institucional en la gestión de la información clasificada.
La ley también introduce un sistema de sanciones económicas para quienes difundan información clasificada sin autorización. Las multas van desde los 30.000 euros en los casos más leves hasta los 2,5 millones en los más graves. Podrán imponerse no solo a funcionarios o cargos públicos, sino también a cualquier persona que haya tenido acceso, incluso de forma casual, a documentos protegidos. Aunque en el texto legal no excluye a los periodistas, se incorpora como atenuante el ejercicio del derecho a la libertad de información. La última palabra la tendrá un juez.
Una de las disposiciones más controvertidas del anteproyecto es el artículo 46, que abre la puerta a suspender de forma preventiva la difusión de una información clasificada, incluso antes de iniciar el procedimiento sancionador. La norma exige que esa medida esté justificada por una “urgencia inaplazable”, pero diversos juristas advierten de que podría interpretarse como una forma de censura previa, prohibida por la Constitución.
Acceso y recurso judicial
La nueva ley elimina varios obstáculos burocráticos que hasta ahora dificultaban el acceso a documentos clasificados. Ya no será necesario identificar con exactitud el expediente solicitado ni demostrar un vínculo directo con su contenido: bastará con acreditar un interés legítimo o profesional. La administración dispondrá de seis meses para responder y, si no lo hace, se entenderá que la petición ha sido rechazada, lo que permitirá recurrir ante los tribunales.
También se abre la vía judicial para impugnar directamente cualquier decisión de clasificación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo. Si un juzgado reclama un documento secreto y el Gobierno se niega a entregarlo, el Supremo podrá examinarlo con total confidencialidad para decidir si debe remitirse, y en qué condiciones, al órgano judicial que lo solicita.
Con esta ley, el Gobierno sostiene que España se equipara a los modelos europeos que ya limitan por ley el tiempo que pueden mantenerse en secreto los documentos oficiales y que han trasladado su gestión a autoridades civiles. Pero el cambio no solo es técnico, sino simbólico: por primera vez se activa un proceso legal para levantar el secreto sobre los archivos del franquismo y la Transición. La aprobación del anteproyecto en el Consejo de Ministros es solo el primer paso. Ahora, el futuro de la ley depende del Parlamento.