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Condenados dos hombres por abusar sexualmente de una mujer aprovechándose de su borrachera

Condenados dos hombres por abusar sexualmente de una mujer aprovechándose de su borrachera

Los hechos ocurrieron en Alcobendas en 2017. La víctima se encontraba en un estado que le impedía "consentir libre y conscientemente", según la sentencia.

Tribunal SupremoVicente Mendez- Getty Images

El Tribunal Supremo ha confirmado las condenas de cuatro años y medio y cinco años de prisión impuestas a dos hombres por abusar sexualmente de una mujer en 2017 en la localidad madrileña de Alcobendas, al considerar probado que actuaron sabiendo que la víctima no podía "consentir libre y conscientemente" debido a su estado de embriaguez.

Según la sentencia, dictada el pasado 21 de mayo y a la que ha tenido acceso EFE, los jueces han desestimado los recursos presentados por los condenados y ratifican las penas impuestas anteriormente por la Audiencia Provincial de Madrid y el Tribunal Superior de Justicia de la comunidad.

Los hechos ocurrieron después de que la víctima consumiera hachís y una "cantidad abusiva de alcohol" teniendo "las facultades muy mermadas". Una cámara de seguridad captó su salida de un pub acompañada de uno de los acusados, que la llevó a un lugar apartado donde abusó de ella.

Ese joven, según los jueces, aprovechó su estado para abusar de ella. Posteriormente, la mujer subió a un coche junto a él y otros dos hombres. Durante el trayecto, le propusieron mantener relaciones sexuales. La conversación se tornó violenta, y la víctima, al ser manoseada, salió del vehículo gritando y alterada. Uno de los ocupantes grabó lo ocurrido con su teléfono móvil.

Minutos después, otro de los acusados, que permaneció con ella tras el primer incidente, la agredió sexualmente nuevamente. La víctima fue hallada más tarde por una mujer que la encontró desorientada y la llevó a una comisaría. Según los agentes, presentaba un estado de nerviosismo y confusión, y no recordaba con claridad lo sucedido.

El estado de intoxicación de la víctima quedó acreditado por los vídeos grabados —uno por una cámara de seguridad y otro dentro del coche— y por un análisis clínico realizado en el hospital, que confirmó una alta concentración de alcohol en sangre. Los acusados, además, habían ocultado su identidad real a la mujer.

El Supremo aplica el artículo 181 del Código Penal anterior a la reforma de la Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual, conocida como ley del "solo sí es sí". Según esta ley, los actos habrían sido calificados como agresión sexual y no como abuso.

En su resolución, el tribunal recalca que los acusados "actuaron a sabiendas de que el estado en el que se encontraba la mujer le impedía dar consentimiento consciente y libre" En el caso del segundo condenado, se señala que ha sido sentenciado "no porque aquella no prestara consentimiento, sino porque el consentimiento que pudiera dar no fue ni libre ni consciente como consecuencia del estado de intoxicación en que se encontraba, circunstancia que fue conocida y aprovechada por el recurrente".

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Andrea Cadenas de Llano Sosa (Córdoba, Andalucía, 2000) es periodista licenciada por la Universidad Rey Juan Carlos (URJC). Escribe sobre actualidad. Puedes contactar con ella en acadenas@huffpost.es