Aprobada definitivamente la ley que penaliza el acoso en clínicas abortivas, pese al rechazo de PP y Vox

Aprobada definitivamente la ley que penaliza el acoso en clínicas abortivas, pese al rechazo de PP y Vox

El Senado da luz verde a la modificación del Código Penal.

Un miembro de la plataforma provida Derecho a vivir se concentra en las inmediaciones del Senado.Javier LizónEFE

El Pleno del Senado ha aprobado este miércoles definitivamente la ley que modifica el Código Penal con el fin de castigar el acoso a las mujeres que acuden a las clínicas a interrumpir de forma voluntaria su embarazo, un delito que estará penado con tres meses a un año de prisión o trabajos en beneficio de la comunidad.

Lo ha hecho tras dar luz verde, con 154 votos a favor frente a los 105 en contra de PP y Vox, al dictamen de la Comisión de Justicia de la Cámara Alta sobre la proposición de ley del PSOE que incorpora un nuevo artículo al Código Penal (el 172 quater), de forma que quienes se concentren a las puertas de las clínicas abortivas y hostiguen y coarten la libertad de las mujeres estarán cometiendo un delito.

La norma culmina así su tramitación parlamentaria ya que en su paso por el Senado no ha experimentado ningún cambio respecto al texto al que dio luz verde el Congreso, al ser rechazados los vetos de VOX y PP y las enmiendas de este último grupo, además de las del grupo vasco y ERC-Bildu.

Según la Asociación de Clínicas Acreditadas para la Interrupción del Embarazo (ACAI), cada año se registran más de un centenar de casos de acoso ante estos centros. Derecho a Vivir ya ha advertido de que “rezar y salvar vidas no es ningún delito” y que seguirá haciéndolo.

Los vetos de PP y Vox

En el debate parlamentario, Vox y PP han defendido sus vetos y han esgrimido los mismos argumentos que ya dieron en el Congreso y es que a su juicio esta reforma del Código Penal va en contra de los derechos de expresión y reunión, además, ambos grupos han mantenido que las personas que se reúnen a las puertas de estas clínicas lo hacen para rezar y ayudar a las mujeres, y no para hostigar ni acosarlas.

El senador popular Fernando de Rosa ha insistido en que esta norma es otra ejemplo de “sectarismo” del PSOE y ha mencionado que incluso la secretaria de la Comisión de Justicia “ha puesto pegas” a la redacción del texto con un tipo penal, ha dicho, “difuso” que será complicado aplicar por parte de los jueces.

Los vetos y posturas de ambos grupos han sido rechazados por la mayoría del Senado porque, en palabras de la senadora socialista Donelia Roldán los grupos de personas que dicen que van a rezar a esas clínicas lo que hacen es “insultar y en muchos casos entregar ataúdes con niños, llamar asesinas a las mujeres” y darles “falsas” informaciones “invadiendo su espacio privado en momentos muy difíciles”.

En el mismo sentido se ha pronunciado el senador vasco Imanol Landa, el de Geroa Bai Koldo Martínez, y la del grupo Esquerra Republicana-Euskal Herria Bildu Sara Bailac, quien ha apoyado la ley “para garantizar y consolidar los derechos de las mujeres”.

Fue el pasado 21 de septiembre cuando el Pleno del Congreso acordó la toma en consideración de la proposición de ley orgánica presentada por el PSOE para añadir un nuevo precepto en el Código Penal y castigar el acoso a las puertas de estas clínicas.

Vox y PP se opusieron y presentaron sendos vetos que fueron rechazados con lo que la iniciativa siguió con su tramitación.

En su paso por la Cámara Baja se incorporaron enmiendas para que las penas se extiendan también a quienes acosen a los sanitarios y directivos de las clínicas, así como al personal de la sanidad pública que interviene en los abortos.

También para que el acoso se persiga sin que sea necesaria una denuncia expresa de la mujer para que se inicie el procedimiento.

Y el texto llegó al Senado cuya Comisión de Justicia dio luz verde el pasado 14 de marzo al dictamen de la proposición de ley sin incorporar ninguna enmienda, tal y como ha hecho el Pleno este miércoles, de forma que el acoso y hostigamiento a las mujeres se castigará con una pena de prisión de tres meses a un año o con trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 80 días.