El juez José Castro sorprende a algunos al explicar por qué la condena al Fiscal General del Estado está "currada": lo señala perfectamente
"Ha dado una sentencia hábilmente y profusamente argumentada".

El juez José Castro, magistrado que instruyó la causa contra Jaume Matas y la instrucción del caso Nóos, ha explicado por qué, a su juicio, la sentencia del Tribunal Supremo que condena al ya exfiscal del Estado, Jaime García Ortiz, está "currada".
"La sentencia... tendríamos que decir que el señor Martínez Arrieta se lo ha currado", ha asegurado en La Sexta Xplica en referencia al presidente de la Sala del Supremo que condenó a García Ortiz.
"Ha dado una sentencia hábilmente y profusamente argumentada, pero claro si tú tienes que argumentar una sentencia cuando ya sabes que el fallo necesariamente es condenatorio, tú enfatizas los argumentos, pones en el acento, en el centro de mira, aquellos argumentos que conduzcan a este resultado y por supuesto desprecias aquello que pueda abocar a un resultado adverso al resultado de inocencia que ya ha sido juzgado previamente", subraya el juez Castro.
"La sentencia pretende convencer a los ciudadanos de que, de las dos opciones posibles, la más racional y más ajustada a derecho es la condena. Y a mí eso no me convence y a muchos juristas por supuesto que tampoco", subraya.
"Francas contradicciones" de los magistrados
Castro explica que "la sentencia condena en atención a dos hechos: la filtración y la difusión de la nota de prensa" y afirma que "los cinco magistrados han incurrido en francas contradicciones porque en el acto del 15 de octubre de 2024 dijeron que aparentemente no apreciaban divulgación indebida en la nota de prensa emitida por el Fiscal General".
"El adverbio aparentemente se podría considerar que estaba a expensas de lo que pudiera resultar de la causa, pero no es así. Primero porque se trataba de valorar un folio y creo que valorado por cinco magistrados nunca podría abocar a sorpresas posteriores. Era algo tan simple como eso", explica.
"Los jueces investigan hechos con apariencia de delitos"
"Por otro lado, decir que aparentemente es un término jurídico. Los jueces no investigan delitos, ese será el resultado de la investigación. Investigan hechos que tienen apariencia de delitos y, según este auto del 15 de octubre, la difusión de la nota de prensa no aparentaba ninguna revelación de datos indebida. Sin embargo, luego se condena por esto y por la revelación de secretos. Y sobre esa no hay ninguna prueba", afirma.
Castro destaca que en "la propia redacción de los hechos probados ya duda de si la filtración la hizo el fiscal u otra persona desconociendo por qué cauce se realizó" e insiste en que "un hecho probado de una sentencia condenatoria no puede contener esa dubitación".
La duda conduce a una sentencia absolutoria
"Esa dubitación tiene que abocar necesariamente a una sentencia absolutoria. Se condena porque hay una serie de indicios: que borró el contenido de su móvil, que se negó a condenar las preguntas de la parte acusatoria. Eso es un derecho legítimo del que no se puede deducir nada", avisa.
