El Tribunal Supremo prohíbe a Atresmedia emitir 'El Rosco' de 'Pasapalabra'
La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona que confirmaba que se trata de una prueba protegida por propiedad intelectual.

Tras años de litigios, adiós a 'El Rosco' de Pasapalabra en Antena 3. Al menos, por ahora. El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia que obligaba a Atresmedia a cesar la emisión de 'El Rosco' del concurso Pasapalabra, al considerar que esa prueba final constituye una obra protegida por la propiedad intelectual, cuya titularidad corresponde a la empresa MC&F. Asimismo, confirma esta sentencia que condenó a la cadena a una indemnización de 50.000 euros por daños y perjuicios a la firma neerlandesa.
Tal y como informa el CGPJ, la resolución "desestima íntegramente los recursos presentados por Atresmedia e ITV Studios, así como el recurso de MC&F, y confirma en todos sus extremos la sentencia recurrida que reconoce que el formato televisivo conocido como ‘El Rosco’ constituye una obra protegida por la propiedad intelectual".
Con ello, la Sala de lo Civil del alto tribunal establece que la titularidad de esta famosa prueba de Pasapalabra corresponde a la empresa MC&F Broadcasting Production and Distribution C.V, con Luigi Pianta y René Mauricio Loeb como autores, y, por tanto, Atresmedia no puede emitir el formato incluyéndola.
"Reconoce que 'El Rosco' es una obra protegida por la propiedad intelectual al ser un formato televisivo desarrollado, estructurado y con suficiente complejidad, no una idea inicial o general. La obra descrita contiene los elementos que hacen posible la utilización del formato en cuestión para, sobre su base, crear una obra audiovisual, un programa de televisión", se puede leer en la sentencia.
Un formato con "originalidad suficiente", que queda en el aire después de un litigio de más de siete años
Además, indican que "goza de una originalidad suficiente porque el formato refleja decisiones libres y creativas libres de sus autores, que han reflejado en ese formato su personalidad, y presenta una singularidad propia que lo distingue de otros juegos basados en el alfabeto", destacando la forma circular de "rosco" que le da nombre y que tan característico ha sido de este formato.
En su sentencia, el Tribunal Supremo "confirma la validez de la condena a cesar en la explotación sin autorización de su titular, sin que ello suponga una vulneración de derechos de terceros" y "valida la posibilidad de imponer condenas que indemnicen los daños que continúen produciéndose si persiste la conducta infractora".
Es decir, si Antena 3 continúa emitiendo el concurso incluyendo esta prueba podría verse sancionada si lo hace sin un acuerdo o beneplácito de la la empresa MC&F.
Por último, en su sentencia "el Tribunal Supremo declara que el régimen de responsabilidad por la infracción de los derechos de propiedad intelectual es un régimen de responsabilidad subjetiva, basado en la culpa o negligencia del infractor". "Para que responda de los daños y perjuicios, el infractor debe haber intervenido en la actividad infractora 'a sabiendas o con motivos razonables para saberlo", destaca.
Esta sentencia es, por ahora, la final y más tajante que ha recibido el programa en su batalla por los derechos alrededor del concurso. El 1 de octubre de 2019, Telecinco tuvo que cesar la emisión de Pasapalabra después de que el Supremo ratificara una decisión de la Audiencia Provincial de Madrid y rechazara un recurso de Mediaset en relación al litigio que mantenía con la productora británica ITV. Tras esto, la Audiencia Provincial de Barcelona ordenó el cese de la emisión de 'El Rosco', una sentencia que fue recurrida por Atresmedia y cuyos recursos han sido desestimados.
