Imputados tres mandos por la muerte de dos militares en Cerro Muriano (Córdoba)
El magistrado ha decidido imputar al capitán, retirado de inmediato de sus funciones por el Ministerio de Defensa tras el suceso, a un teniente y a un sargento presentes en el ejercicio acuático.
El tribunal militar que investiga la muerte por ahogamiento de dos militares el pasado 21 diciembre en la base de Cerro Muriano (Córdoba) ha acordado la imputación del capitán encargado de las maniobras, además de otros dos mandos, según han informado a EFE fuentes cercanas al caso.
Concretamente, el juez del Tribunal Togado Militar 21 de Sevilla, que investiga lo ocurrido tras la inhibición del Juzgado de Instrucción 4 de Córdoba, ha decidido imputar al capitán, retirado de inmediato de sus funciones por el Ministerio de Defensa tras el suceso, a un teniente y a un sargento presentes en el ejercicio acuático.
Según las fuentes, los imputados podrían haber incurrido en un delito contra la eficacia del servicio, que se produce cuando el militar incumple sus deberes fundamentales causando "grave daño en los medios o recursos de las Fuerzas Armadas o en las personas, o riesgo para el servicio o para la seguridad de una fuerza, unidad o establecimiento de las Fuerzas Armadas".
En el auto del juez del pasado miércoles, al que ha tenido acceso EFE y contra el que cabe recurso de apelación en un plazo de cinco días ante el Tribunal Militar Territorial Segundo, se indica que durante el ejercicio realizado el pasado 21 de diciembre en Cerro Muriano, consistente en el" cruce de un cauce de agua", las medidas de seguridad empleadas "en orden a la correcta realización del ejercicio programado, en principio, no cumplieron la función pretendida".
Según el escrito del juez, la cuerda utilizada para que los participantes en el ejercicio "pudieran asirse a la misma para el caso de que fuera necesario, no reunía los requisitos para ello", así como "tampoco lo hizo la mochila empleada" para "proporcionarles flotabilidad".
En este sentido, el juez expone que "muchas de las mismas no estaban convenientemente estanqueizadas y otras tenían un exceso de peso" debido a que contenían "lo que parece ser una mina de instrucción de 3,5 kilogramos" usadas en otros ejercicios anteriores y que no fueron retiradas en ese momento, lo que pudo motivar, por ambos casos, que las mochilas "como elemento de seguridad, no fueran aptas para tal fin".
Por ello, el escrito señala que, "en principio", puede existir una "relación de causalidad entre la posible falta de idoneidad de estas medidas de seguridad empleadas en el ejercicio realizado" con el "resultado producido", como fue la muerte de los dos militares.
De esta manera, el juez militar entiende que los hechos investigados pueden ser "constitutivos de un presunto delito 'Contra la eficacia en el servicio'" establecido en el artículo del Código Penal Militar, del que pudieran resultar responsables un capitán, retirado por el Ministerio de Defensa el mismo día del suceso, así como "mandos que intervinieron y debían velar por el correcto desarrollo" del ejercicio, en concreto un teniente y un sargento.
Finalmente, en su escrito el juez también ha rechazado la petición de la Policía Judicial de acordar el "secreto de las actuaciones".