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Le obligan a cambiar de nombre durante 20 años, denuncia a su ex empresa y se embolsa 30.000 euros

Le obligan a cambiar de nombre durante 20 años, denuncia a su ex empresa y se embolsa 30.000 euros

"El nombre de pila es parte del estado civil y un atributo esencial de la identidad", subraya Henri Guyot, abogado laboralista.

La palabra 'nombre' escria en inglés en bloques de madera de cubo.Getty Images/iStockphoto

Durante sus dos décadas en Intergraph France, una pequeña empresa de marketing de software, todos le conocían. Antoine era un empleado ejemplar, ascendido con el tiempo y reconocido por sus jefes y compañeros por su desempeño. Sin embargo, tras su salida en 2017, decidió revelar su verdadera identidad: su verdadero nombre no era Antoine, sino Mohamed.

Contratado en 1997 como ingeniero comercial, Mohamed asegura que desde el primer día se le impuso cambiar su nombre por uno "más neutral", narra Le Figaro. Según su testimonio, fue el propio director de la empresa, que se refleja en el artículo como 'Sr. T', quien le sugirió, o más bien le exigió, adoptar el nombre de Antoine para evitar "posibles prejuicios" asociados a su nombre de origen árabe.

Así, durante 20 años, su verdadero nombre quedó relegado a sus documentos oficiales, mientras que en la empresa existía solo como Antoine, incluso en sus 243 nóminas, correos electrónicos y documentos de fin de contrato. Pero en 2019, dos años después de firmar un acuerdo de rescisión amistosa, Mohamed decidió emprender acciones legales

Su caso, llevado ante el Tribunal de Apelación de París, se convirtió en símbolo de una lucha mayor: la defensa del derecho a la identidad frente a prácticas discriminatorias normalizadas en el entorno laboral.

"El nombre de pila es parte del estado civil y un atributo esencial de la identidad", subraya Henri Guyot, abogado laboralista. Si un empleado desea usar un seudónimo profesional, debe ser una elección libre, escrita y sin coacción. De lo contrario, constituye una forma de discriminación.

La justicia es condundente

La empresa no pudo demostrar que el cambio de nombre fuera voluntario. No existían documentos ni testimonios válidos que los respaldaran. En cambio, Mohamed presentó numerosas pruebas de que su identidad había sido ignorada de forma sistemática, con un impacto prolongado en su bienestar psicológico y dignidad. 

De esta forma, el tribunal fue contundente. En su fallo de febrero de 2025, reconoció la discriminación racial y calificó los hechos como acoso moral discriminatorio, ejercido de manera continua a través de documentos laborales y relaciones profesionales cotidianas. Como consencuencia, Intergraph France fue condenada a pagar 20.000 euros por discriminación y violación de la privacidad, y 10.000 euros adicionales por acoso moral.

La sentencia recuerda que la duración de una práctica discriminatoria no la hace legítima. "Lo importante no es cuánto tiempo duró, sino que existió", enfatiza Guyot. El fallo también establece un precedente firme: imponer un nombre distinto al de nacimiento por razones de origen es ilegal y atentatorio contra la identidad.

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