El vecino construye un muro en su terreno, prepara un contraataque legal sin fisuras pero la ley sorprende al final
El desconocimiento de la normativa le jugó una mala pasada.

Un conflicto vecinal por la construcción de un muro de hormigón terminó en los tribunales, pero no fue resuelto en favor del propietario afectado. El Tribunal de Distrito desestimó la demanda, no porque esta careciera de fundamento, sino por un motivo de procedimiento, sin embargo el demandante no agotó el proceso obligatorio de conciliación antes de acudir a la vía judicial.
El caso enfrentó a dos propietarios vecinos. El demandante posee un terreno sin urbanizar, mientras que los demandados construyeron una vivienda unifamiliar en la parcela colindante. Durante las obras, estos últimos edificaron un muro de hormigón y vertieron una base de concreto que, según alegatos, invadió parte del terreno del demandante en una franja de aproximadamente 30 centímetros de ancho y 22,5 metros de largo a lo largo del límite norte de la propiedad.
El propietario afectado exigió la demolición y remoción del muro, así como la restauración de su terreno a su estado original. Estas solicitudes fueron ignoradas por los demandados. Incluso una inspección in situ con la presencia de un perito no logró acercar posiciones entre las partes.
En su demanda, el afectado argumentó que no existía ningún acuerdo ni permiso para la construcción del muro, y que la conciliación previa no era necesaria, ya que el intento de mediación con el perito había fracasado. Además, sostuvo que la Ley de Conciliación no era aplicable al caso.
Sin embargo, el Tribunal de Distrito fue tajante: la demanda era inadmisible por no haberse intentado una conciliación formal ante una junta reconocida, como exige la Ley de Arbitraje de Baja Sajonia (NSchlG). Según el tribunal, el conflicto encaja dentro del marco del derecho de vecindad regulado tanto por el Código Civil Alemán (BGB) como por la normativa autonómica, al tratarse de una disputa sobre un muro que delimita propiedades.
La resolución aclara que un peritaje no sustituye el proceso de conciliación legalmente exigido, y que este debe llevarse a cabo antes de interponer la demanda. En consecuencia, sin un intento formal de mediación, el tribunal no puede pronunciarse sobre el fondo del asunto.
Este fallo subraya la importancia de seguir los procedimientos previos a la vía judicial en conflictos vecinales, incluso cuando la causa pueda parecer clara.