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Prohíben la etiqueta de las dos frutas que Marruecos se apropia de manera ilegítima y hace competencia a España

Prohíben la etiqueta de las dos frutas que Marruecos se apropia de manera ilegítima y hace competencia a España

La normativa comunitaria no permite tomar las medidas que pretendían desde el sector.

Tomates cherrySean Gallup

El mercado ilegítimo y la competencia desleal de productos extracomunitarios se ha convertido en una de las grandes tareas a resolver por parte de las autoridades europeas. Naranjas, tomates o melones son solo algunas de las frutas y verduras que se comercializan en Europa procedentes de otras latitudes y que en muchos casos, no cumplen los requisitos fitosanitarios o legales (etiquetado, documentación...) que sí se exigen a los productos europeos.

Ante esta problemática ya son muchas las voces que exigen responsabilidad y soluciones dentro del sector agrario y algunos países ya se han movilizado para solventar este asunto aunque la normativa no permite realizar algunas prohibiciones.

Esto está ocurriendo en Francia, país en el que el Consejo de Estado ha concluido en la resolución nº 455088 del 28 de enero de 2025, que el país no puede prohibir la entrada de estos dos productos a sus fronteras, aunque lo que sí les está permitido es exigir "la indicación correcta del territorio de origen".

Tal y como apunta el portal especializado, Freshplaza, esta resolución quita la razón a la Confédération Paysanne, que demandaba al gobierno francés la prohibición de importar melones Charentais y tomates cherry etiquetados como de origen marroquí. Así, en el escrito se exige que los productos que procedan del Sáhara debe portar la etiqueta del Sáhara Occidental, ya que "cualquier otra indicación sería engañosa, ya que podría inducir a error a los consumidores sobre el verdadero origen de los productos en cuestión".

Desde la Confédération Paysanne habían demandado pedido al Ejecutivo francés que prohibiera las importanciaciones de los dos productos mencionados cultivados en el Sáhara y que estuvieran etiquetados como procedentes de Marruecos, al considerar que esto suponía una vulneración del derecho de la UE respecto a la información al consumidor.

Sin embargo y al no recibir respuesta alguna, decidieron recurrir al Consejo de Estado, que ahora les ha quitado la razón, alegando que "un Estado miembro de la Unión Europea no puede, por sí solo, prohibir la importación de productos agrícolas cuyo etiquetado no sea conforme".

El Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) concluyó que un Estado miembro no puede prohibir unilateralmente la importación de productos agrícolas del Sáhara señalando que proceden de Marruecos.