Esto es lo que dice la ley sobre quién tiene que pagar el pato cuando aparecen cucarachas en el piso
La ley de Propiedad Horizontal lo deja claro.

La aparición de cucarachas u otras plagas en un edificio suele desatar la misma pregunta: ¿quién debe pagar la fumigación, el propietario afectado o toda la comunidad? La respuesta está en la Ley de Propiedad Horizontal, que establece los límites de responsabilidad según el origen del problema.
Si la infestación se origina dentro de una vivienda por falta de limpieza o descuido en el mantenimiento, la ley es tajante: corresponde al propietario asumir los costes. El artículo 9.1 de la normativa obliga a cada dueño a conservar su piso en condiciones que no perjudiquen al resto, y a reparar los daños derivados de su negligencia.
La situación cambia cuando el foco está en zonas comunes, como garajes, trasteros, patios o conductos generales. En ese caso, el artículo 10.1 indica que es la comunidad de vecinos quien debe encargarse de la desinsectación. Se trata de actuaciones obligatorias que no requieren aprobación previa en junta, ya que afectan a la seguridad y la habitabilidad del inmueble.
Esto significa que el “pago del pato” depende directamente de dónde se origine la plaga: si empieza en una vivienda concreta, paga el propietario; si nace en las áreas compartidas, paga la comunidad. Una distinción clave que evita disputas innecesarias en la convivencia.
Aun así, no hay que perder de vista otra posibilidad: el seguro. Muchas pólizas, tanto de hogar como comunitarias, incluyen servicios de control de plagas. Aunque suele ser un extra opcional, si está contratado puede cubrir total o parcialmente los costes de la fumigación.
Por ello, además de identificar el origen de la plaga, conviene revisar siempre la cobertura contratada. De estar incluida, será la aseguradora quien asuma la factura, evitando que propietario o comunidad tengan que desembolsar directamente por la incómoda presencia de cucarachas en el edificio.
