Se va un programa de la TDT a publicidad y te llevas un sobresalto: dile adiós porque se termina este 1 de enero

Estar viendo un programa, un informativo o una serie o película en un canal de la TDP, que se este se vaya a publicidad y que, sin esperarlo, se suba el volumen está a punto de terminar. Eso pasa con relativa frecuencia y hace que el espectador se lleve un sobresalto sin comerlo ni beberlo.
Las compañías han utilizado tradicionalmente esta técnica para seguir llamando la atención de posibles consumidores, ya que en el momento en el que se va a publicidad el producto que se está viendo se tiende a desconectar, entablar conversaciones paralelas o utilizar dispositivos como el móvil. De esta manera, se consigue volver a captar esa atención.
Sin embargo, esta técnica está a punto de llegar a su fin. Va a ser el próximo 1 de enero cuando entre en vigor una nueva normativa en la que los anunciantes tendrán que adecuar el volumen de la publicidad al de la cadena.
Tal y como se redactó en el Plan Nacional de la TDT, que se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 250/2025, de 25 de marzo, promovido por parte del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Público.
El testimonio de un experto
Uno de los que lo ha contado ha sido el divulgador digital José Ángel Cuadrado Roca, que trabaja como coordinador digital en la Cadena COPE. El especialista ha hecho un vídeo para su canal de TikTok donde explica lo que va a pasar.
"Se acabaron los sustos con la televisión. A partir del 1 de enero, no podrán subir el volumen cuando lleguen los anuncios. Quedan muy pocos días para que los anuncios en los canales de la TDT ya no suban el volumen por encima del sonido del programa o la película que estés viendo", ha comenzado diciendo.
Cuadrado Roca ha detallado que "el cambio llega porque la normativa obliga a que la publicidad mantenga el mismo nivel de volumen que el contenido anterior, usando mediciones mucho más precisas". "Hasta ahora, algunas cadenas lograban que los anuncios sonaran un poquito más fuerte usando técnicas de compresión de audio, pero eso se termina", ha especificado.
Finalmente, ha acabado aclarando que "las cadenas que no cumplan se expondrán a sanciones económicas" y ha subrayado que el objetivo es bastante claro, y este es lograr "una experiencia mucho más cómoda para los espectadores, sin sobresaltos y sin estar todo el rato tocando el mando a distancia".
¿Qué dice el BOE?
En el apartado C, del artículo 10 de las disposiciones generales de esa publicación del BOE, se habla de que "la señal de audio podrá ser estéreo, multicanal, o de nueva generación". Ahí es donde se especifica cómo tiene que ser el volumen de las emisiones de alta definición.
"La señal de audio podrá ser estéreo, multicanal, o de nueva generación. El nivel de sonoridad del audio de los programas de televisión deberá estar normalizado a un nivel de -23,0 LUFS, con una tolerancia de ±1,0 LU, conforme a la norma UIT-R BS.1770 de medición de la sonoridad del audio y a la recomendación EBU R-128. El sistema de codificación de audio será conforme con la norma internacional ITU-R BS.1196, y con los apartados 6.1 a 6.5 'Audio', de la norma europea ETSI TS 101 154", se menciona en el BOE.
El incumplimiento de estas normas, tal y como recoge en el artículo 121.4 sobre las Obligaciones de los prestadores del servicio de comunicación audiovisual televisivo: "El nivel sonoro de las comunicaciones comerciales audiovisuales no puede ser superior al nivel medio del programa que le precede".
