7 respuestas para que no te quedes con ninguna duda sobre lo que ha pasado este sábado en el caso de Begoña Gómez
La Fiscalía y la defensa de la mujer del presidente del Gobierno han pedido archivar la pieza de malversación mienrtas las acusaciones quieren oír a Pedro Sánchez.

Begoña Gómez no acudió este sábado a la comparecencia ante el Juez Peinado. La mujer del presidente del Gobierno había sido citada a las 18:00 ante el juez Juan Carlos Peinado en el marco de la investigación por un presunto delito de malversación de caudales públicos en la designación de su asesora en la Moncloa. En su lugar, ha estado presente su abogado en los juzgados de Plaza de Castilla.
1. Para qué estaba citada este sábado
En la citación judicial de esta tarde, que ha durado casi dos horas, el juez había emplazado a Gómez para la comparecencia prevista por la ley, que consiste en concretar la imputación de los investigados y que las partes soliciten o bien el archivo de esta pieza separada o bien la continuación de la causa. De esta forma, el magistrado ha concretado finalmente la imputación que, de llevarse a cabo, esta se juzgará con un jurado popular, como ya había informado.
2. Quién más estaba citado
Gómez no era la única llamada a los juzgados este sábado. El delegado del Gobierno en Madrid, Francisco Martín, y su asesora Cristina Álvarez, estaban citados también como investigados pero, al igual que la esposa de Pedro Sánchez, tampoco acudieron y en su lugar lo hicieron sus abogados.
3. ¿Estaban obligados a ir?
La decisión de de no acudir está amparada en una circular de la Fiscalía, la 4/1995, de 29 de diciembre, sobre el proceso ante el Tribunal del Jurado: las actuaciones en el Juzgado de Instrucción. Esta fija que la presencia de los investigados en la comparecencia prevista en el artículo 25 de la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado "no es indispensable".
Dicha circular sostiene que en este tipo de comparecencias solo se concretan los términos de la imputación y es suficiente con que acuda la defensa del investigado porque "no se practican diligencias de instrucción y por tanto, tampoco la declaración del imputado".
4. Qué ha pedido el fiscal y la defensa de Begoña Gómez
La Fiscalía y el abogado de Begoña Gómez ha solicitado este sábado al juez Peinado que archive la parte de la causa en la que le investiga por malversación. Los letrados de los otros dos investigados han realizado la misma petición en la pieza separada en la que investiga si se produjo un desvío de dinero público en la designación de la trabajadora de Moncloa y si ésta desempeñó funciones privadas para la mujer del jefe del Ejecutivo en la Universidad Complutense de Madrid (UCM).
5. Y qué piden las acusaciones
En la vista también se han pronunciado las acusaciones populares, lideradas por la asociación Hazte Oír. Estas han solicitado al juez Juan Carlos Peinado que cite al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, a declarar como testigo en la pieza separada en la que investiga a su mujer por malversación. También han reclamado la testifical del ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, según han informado a EFE fuentes jurídicas.
Las acusaciones populares, coordinadas por Hazte Oír -que han convocado una manifestación contra Sánchez frente a los juzgados de la madrileña Plaza de Castilla -, han argumentado la necesidad de que la causa siga adelante y de que se practiquen más diligencias
De aceptar el juez Peinado, titular del Juzgado de Instrucción 41 de Madrid, estas diligencias, sería la segunda vez que Sánchez y Bolaños declaran como testigos. El primero lo hizo ya en julio de 2024 y el segundo el Miércoles Santo de 2025, ambos en el palacio de la Moncloa, adonde el magistrado se desplazó para interrogarles.
6. Cuál es el siguiente paso judicial
Tras el trámite de este sábado, el magistrado Peinado decidirá en una próxima resolución si prosigue la causa o si la archiva, un dictamen que se podrá recurrir ante la Audiencia Provincial. Posteriormente, se celebrará lo antes posible una audiencia preliminar para escuchar otra vez a las partes, que tendrán una nueva oportunidad para pedir más diligencias, aunque el juez tendrá que denegar las que no considere estrictamente necesarias.
Finalmente, para que se celebre el juicio, el juez Peinado tendrá que dictar su apertura en un plazo máximo de tres días. Tras esto las partes se presentarán ante el presidente del Tribunal del Jurado, que será designado por la Audiencia Provincial para dirigir el procedimiento y fijar la fecha.
7. Qué es un jurado popular
Aunque suena más a cosa de Hollywood, en España también existe el jurado popular desde hace 30 años. En concreto, desde el 23 de noviembre de 1995, fecha en la que entró en vigor la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado, una norma que regula el artículo 125 de la Constitución española.
Esta establece: "Los ciudadanos podrán participar en la Administración de Justicia mediante la institución del Jurado, en la forma y con respecto a aquellos procesos penales que la ley determine". Los candidatos a ser miembros de un jurado popular son elegidos en un sorteo que las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral realizan en años pares. A partir de ahí, se elaboran listas con personas aptas que podrían ser llamadas para participar en cualquier juicio en los dos años posteriores a la celebración del sorteo.
Pero el jurado popular posee unas competencias limitadas. Un Tribunal de Jurado solo será competente para deliberar en delitos de homicidio; amenazas; omisión del deber de socorro; allanamiento de morada; infidelidad en la custodia de documentos; cohecho; tráfico de influencias; fraudes y exacciones ilegales; negociaciones prohibidas a funcionarios; infidelidad en la custodia de presos; y... Sí, en malversación de caudales públicos, que es de lo que Peinado acusa a Begoña Gómez.
