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Una trabajadora de Mercadona es despedida por llamar "payasa" a su encargada y el juez ordena su reincorporación e indemnización de miles de euros
Sociedad

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Una trabajadora de Mercadona es despedida por llamar "payasa" a su encargada y el juez ordena su reincorporación e indemnización de miles de euros

"Payasa, es una payasa".

Un supermercado de Mercadona.GETTY

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha ratificado la nulidad del despido disciplinario de un empleado de Mercadona, quien llamó "payasa" a su coordinadora mientras trabajaba en la sección de pescadería del supermercado. Así lo recoge en un análisis el medio especializado Confilegal.

Esta sentencia obliga a Mercadona a readmitir al trabajador, abonarle los salarios atrasados y pagarle una indemnización de 10.000 euros por el daño moral sufrido. El incidente ocurrió el 8 de julio de 2023, cuando el trabajador, molesto por las críticas de la coordinadora sobre el estado del mostrador, pronunció en voz alta la frase "payasa, es una payasa"

Este comentario fue escuchado únicamente por una compañera. Tres días después, el 10 de julio, Mercadona comunicó al trabajador su despido disciplinario por faltas graves de respeto, invocando el artículo 54.2.b) del Estatuto de los Trabajadores y los artículos 33 y 34 de su convenio colectivo.

Contexto de represalia

La sentencia número 2501/2024, dictada el 19 de noviembre de 2024, desestimó el recurso de suplicación presentado por Mercadona contra el fallo del Juzgado de lo Social nº 5 de Bilbao, que ya había declarado nulo el despido. El tribunal considera que, aunque la expresión utilizada por el trabajador fue inapropiada, no reviste la gravedad suficiente para justificar la sanción más severa en el ámbito laboral. Además, sitúa el despido en un contexto de represalia vinculado al ejercicio de derechos de conciliación familiar.

"Ni puede fijarse con seguridad plena que se dirigiera a la señora ni reviste la gravedad precisa"

El TSJPV destaca que no existen pruebas documentales o periciales que respalden la versión de la empresa sobre la presencia de clientes u otros testigos que hayan escuchado el insulto, según recoge el mencionado medio.

Según indicó la Sala: "Ni puede fijarse con seguridad plena que se dirigiera a la señora ni reviste la gravedad precisa para justificar la más drástica medida disciplinaria como es un despido". El tribunal considera acreditado que el trabajador profirió el insulto, aunque puntual y sin destinatario claramente identificado, tal y como explica el artículo de Confilegal.

La sentencia obliga a Mercadona a readmitir al trabajador, abonarle los salarios atrasados y pagarle una indemnización de 10.000 euros por el daño moral sufrido. Este fallo subraya la importancia de una gestión adecuada de los conflictos laborales y la necesidad de que las empresas actúen con proporcionalidad y justicia en la aplicación de medidas disciplinarias.