Una abuela en Asturias le ahorra a su nieto un susto de hasta 24.000 euros en el testamento gracias a un detalle que muchos pasan por alto
La simple mención en el testamento puede tener enormes consecuencias a la hora de tributar por el Impuesto de Sucesiones.

Sentencia judicial importante del Tribunal Supremo en relación con el Impuesto de Sucesiones. El Alto Tribunal ha dictaminado que la tributación es diferente dependiendo si un heredero sustituto se encuentra mencionado en el testamento o no.
El Tribunal Supremo, que ha sentado jurisprudencia con esta sentencia, ha resuelto el caso de una abuela de Asturias fallecida en el año 2016. Uno de sus hijos, a quien le pertenecía parte de la herencia, decidió renunciar para cedérsela a su hijo, es decir, el nieto de la fallecida.
Tal y como recoge Libertad Digital, el Alto Tribunal ha decidido que el hecho de que el nieto fuera mencionado en el testamento como heredero sustituto, hace posible que el mismo pueda acogerse a una mayor reducción a la hora de tributar por el Impuesto de Sucesiones.
El motivo es que si el heredero sustituto es citado en el testamento, tiene que tributar teniéndose en cuenta su grado de parentesco con la persona fallecida. Por el contrario, si el heredero sustituto no es mencionado en el testamento, estará obligado a tributar en función del grado de parentesco entre la persona que renuncia a la herencia y la fallecida.
En este caso concreto, la mención en el testamento de la abuela a su nieto como heredero sustituto le ha ahorrado un buen susto al joven, ya que, tal y como está estructurado el Impuesto de Sucesiones en Asturias, el nieto (que tiene 15 años) podrá permitido beneficiarse de una importante reducción por ser menor de 21 años.
En concreto, el nieto podrá tributar en el grupo de "descendientes y adoptados menores de 21 años", lo que le supondrá una reducción en el Impuesto de Sucesiones de 39.896 euros. Si no hubiera sido incluido como heredero sustituto en el testamento, tributaría en el grupo en el que le pertenecería a su padre, el de "descendientes y adoptados de 21 o más años, cónyuges, ascendientes y adoptantes". En ese grupo la reducción sería solo de 15.956 euros.
En consecuencia, el simple detalle de nombrar al nieto en el testamento ha supuesto una diferencia favorable de prácticamente 24.000 euros a la hora de abonar el Impuesto de Sucesiones.
